Denuncia por infracción de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Vados de Murcia
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Sancionar Infracciones a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de los Vados de Murcia.
Tramitación
De oficio por acuerdo del órgano competente que actúa como consecuencia de denuncia.
Seis meses (Art. 12 Ordenanza Reguladora del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004) y Art. 21.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Caducidad (Art. 25 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Unidad tramitadora
Negociado de Sanciones-Ordenanzas perteneciente al Servicio de Sanciones.
Órgano de resolución
El Concejal Delegado de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos. (Delegación Decreto 22-02-2018).
El pago voluntario de la sanción en momento anterior a la resolución, preferiblemente dentro de los 15 días siguientes a la notificación de inicio del procedimiento, implicará una reducción del 20%. Si además el infractor reconoce su responsabilidad, la reducción será del 40%. La efectividad de las citadas reducciones estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. (Art. 85.3 Ley 39/2015).
Alegaciones
Alegaciones al inicio del procedimiento: plazo 15 días desde notificación de inicio, ante el Concejal Delegado de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos.
Alegaciones a propuesta de resolución: plazo 15 días desde notificación de propuesta, ante la Jefe de Servicio de Sanciones.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de Reposición 1 mes ante el Concejal Delegado de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos.
Recurso Económico-Administrativo 1 mes ante el Consejo Económico Administrativo de Murcia.
Recurso Contencioso-Administrativo 2 meses ante Órgano Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Objeto del procedimiento
Regular el aprovechamiento común especial de bienes de dominio público local, mediante la entrada y salida de vehículos a todo tipo de inmuebles, a través de vías o terrenos de dominio o de uso público.