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Justificación Económica de Subvenciones de Creación y Fomento del Empleo y Autoempleo

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Trámite para la  presentación de la justificación económica correspondiente a la "Convocatoria pública de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la creación y fomento del empleo y autoempleo en el municipio de Murcia".

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Tramitación

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Personas físicas y jurídicas que hayan obtenido subvención en la "Convocatoria pública de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización creación y fomento del empleo my autoempleo en el municipio de en el municipio de Murcia, ejercicio 2022".

  •  La JUSTIFICACIÓN de la subvención obtenida se realizará de conformidad con lo establecido en el apartado DECIMOSEXTO de la convocatoria reguladora.

Las entidades beneficiarias de la subvención deberán.

  1. Cumplimentar el formulario “Instancia de presentación” (se realizará con la propia tramitación de la presentación electrónica).
  2. Cumplimentar el formulario Cuenta justificativa simplificada modalidad EMPLEO" o "Cuenta justificativa simplificada modalidad AUTOEMPLEO(Seleccionar el documento según la modalidad de subvención recibida para su descarga. Una vez cumplimentado y transformado a formato pdf, adjuntarlo a la solicitud).
  1. Aportar la documentación justificativa conforme al apartado decimosexto de la convocatoria.

El tamaño máximo por archivo es de 10 MB con la extensión pdf, pudiendo adjuntar hasta 6 archivos en este procedimiento.

Evite imprimir la documentación solicitada para posteriormente escanearla en un único archivo, si finalmente tuviera que hacerlo; utilice una resolución máxima para el escaneo de documentos de 200x200 ppp.

Si ya tiene varios archivos pdf electrónicos/digitales puede unirlos con el siguiente programa gratuito PDFsam Basic, disponible en el siguiente enlace https://pdfsam.org/es/

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En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio, mediante requerimiento de la documentación a presentar.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento será de 3 meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la documentación justificativa.

Negativo, de conformidad con el art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Unidad tramitadora: Servicio de Empleo

Órgano competente: Junta de Gobierno Local Ayuntamiento de Murcia

Contra la resolución que se adopte respecto de la justificación de la subvención, la cual pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:

  1. Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, que se computará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto.
  2. Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, dentro del plazo de dos meses, que se computarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto.

En caso de optar por el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo.

Asimismo, los interesados en el procedimiento podrán interponer cualquier recurso que estimen procedente.

 

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia, de 26 de febrero de 2004 (B.O.R.M. de 12-5-2004).

Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.

Convocatoria pública para la concesión de subvenciones para la creación y fomento del empleo y Autoempleo en el municipio de Murcia. Ejercicio 2022, aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 18 de marzo de 2022, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia BORM Nº 71, de 26 de marzo de 2022.

 

Servicio de Empleo

Calle Azarbe del Papel, 22

30007 Murcia / 968 200 293

subvenciones.empleo@ayto-murcia.es

www.murciaemplea.es