Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

Concesión de subvenciones para la creación y fomento del empleo y autoempleo en municipio de Murcia

  •   
  •   
  •   

Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la creación y el fomento del empleo y autoempleo en el Municipio de Murcia facilitando y apoyando la contratación de personas desempleadas, incluidos los contratos de prácticas, y la creación de empleo mediante el alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que ejerzan actividades bien por cuenta propia o bien entren a formar parte de empresas de economía social, por un mínimo de doce meses.La admisión de solicitudes se inicia el 22/06/2019 y finaliza el 02/09/2019 (ambos inclusive)

Tramitación

- A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 días del año, mediante acceso con certificado electrónico.

- Cualesquiera otros de los establecidos en  la legislación vigente en materia de procedimiento. (art. 16,apdo.4, Ley 39/2015, de 1 de octubre)

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online

- A través de las Oficinas municipales de Información y Registro.

- Cualesquiera otros de los establecidos en  la legislación vigente en materia de procedimiento. (art. 16,apdo.4, Ley 39/2015, de 1 de octubre)

 

Para la contratación:

Pymes y micropymes, que desarrollen su actividad en cualquiera de los siguientes tipos de empresas: persona física, comunidad de bienes, empresas de economía social (cooperativas, sociedades laborales), sociedades mercantiles, entidades sin ánimo de lucro y empresas de inserción, cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el municipio de Murcia.

 

Para el autoempleo:

Personas físicas, miembros de comunidades de bienes o sociedades civiles y socios que se incorporen a empresas de economía social, cuya incorporación requiera el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentren en el municipio de Murcia.

Para la tramitación de la solicitud de subvención deberá aportar la siguiente documentación (para más información consulte "Documentación a presentar"): 

1. Solicitud (por defecto con la tramitación electrónica) Para tramitación presencial, formulario disponible en el apartado "Modelos para descargar".

2. Documentación del/de la solicitante.

3. Documentación del/de la trabajador/a (obligatorio para contratación).

4. Documentación relativa a la valoración (opcional).

5. Información del/de la trabajador/a (obligatorio para contratación). Formulario disponible en el apartado "Modelos para descargar".

6. Circunstancias familiares (si procede, para autoempleo). Formulario disponible en el apartado "Modelos para descargar".

 

INDICACIONES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Evite imprimir la documentación solicitada para posteriormente escanearla en un único archivo, si finalmente tuviera que hacerlo; utilice una resolución máxima para el escaneo de documentos de 200x200 ppp.

Si ya tiene varios archivos pdf electrónicos/digitales puede unirlos con el siguiente programa gratuito PDFsam Basic, disponible en el siguiente enlace https://pdfsam.org/es/

El tamaño máximo por archivo pdf es de 10 MB

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio por Acuerdo de Junta de Gobierno.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias.

Unidad tramitadora:

Servicio de Empleo. (LA0003013)

Órgano de resolución:

Junta de Gobierno Local. (LA0003201)

Tipo de alegación o recurso:  

Potestativo de Reposición según el Artículo 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Extraordinario de Revisión, cuando concurran los supuestos del artículo 125, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.

Órgano de interposición:    

Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución.

Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Plazo de presentación del recurso:

Recurso potestativo de reposición: Un mes, si el acto fuera expreso.

Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.

Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Servicio de Empleo
Calle Azarbe del Papel, 22
30007 Murcia / 968 200 293
subvenciones.empleo@ayto-murcia.es