Subvenciones a centros de enseñanza secundaria públicos para programas de actividades extraescolares
Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de programas de actividades extraescolares a realizar por los Centros de Enseñanza Secundaria de titularidad pública del municipio de Murcia, durante el curso escolar 2023/2024, con la finalidad de promover y apoyar actividades complementarias a la formación académica del alumnado.
Tramitación
Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010, ó en el Servicio de Juventud, 968231589
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Centros de enseñanza secundaria de titularidad pública del municipio de Murcia.
A la solicitud se acompañará la documentación que se indica a continuación, que deberá presentarse en documentos/archivos individuales:
- Proyecto para el que se solicita subvención, con indicación precisa y detallada de cada una de las actividades.
- Declaración formal, en su caso, de otros ingresos percibidos o de otras subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esta misma actividad.
- Documento Nacional de Identidad del Director/a del Instituto solicitante y del Código de Identificación Fiscal del Centro.
- Certificado del Secretario/a del Instituto haciendo constar el número de alumnos matriculados en el mismo durante el curso académico 2023/2024.
- Certificación de entidad bancaria en el que figuren los dígitos del código IBAN del Instituto solicitante en la que se realizará, en su caso, el ingreso de la subvención concedida.
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
De oficio, mediante aprobación de la convocatoria por la Junta de Gobierno Municipal.
Gratuito
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses a contar desde la publicación de la convocatoria.
Negativo
Unidad tramitadora:
Servicio de Juventud.
Órgano de resolución:
Junta de Gobierno Local
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado; o, directamente y en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de dicha jurisdicción de Murcia.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia, de 24 de noviembre de 2022 (B.O.R.M. nº 36 de 14-02-2023).
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal Vigente
- Bases específicas de la convocatoria
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consultar en el Servicio de Juventud, Tlf: 968231589