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Comunicación de inicio de actividad

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Antes de iniciar la explotación de una actividad sujeta a “licencia de actividad” el/la titular ha de efectuar el trámite de la comunicación previa de inicio de funcionamiento previsto en el artículo 67 de la Ley 4/2009, según el cual obtenida la citada licencia y concluida la instalación y montaje de la misma, debe presentar una comunicación indicando la fecha prevista del inicio de la fase de explotación y adjuntando la documentación requerida en la licencia de actividad.

Tramitación

A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 dias del año, mediante acceso con certificado electrónico.

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online

 

Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Interesados/as en el ejercicio de una actividad de carácter empresarial, sujeta a licencia

Para la tramitación de la comunicación deberá aportar la siguiente documentación

1. Modelo de comunicación (por defecto con la tramitación electrónica). Para tramitación presencial, formulario disponible en el apartado "Modelos para descargar".

2. La documentación exigida en la licencia concedida para su presentación con carácter previo al funcionamiento legal de la actividad.
 

INDICACIONES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Evite imprimir la documentación solicitada para posteriormente escanearla en un único archivo, si finalmente tuviera que hacerlo; utilice una resolución máxima para el escaneo de documentos de 200x200 ppp.

Si ya tiene varios archivos pdf electrónicos/digitales puede unirlos con el siguiente programa gratuito PDFsam Basic, disponible en el siguiente enlace https://pdfsam.org/es/

El tamaño máximo por archivo pdf es de 10 MB

Para tramitación presencial la documentación que acompaña a la solicitud deberá presentarse en soporte digital y formato PDF.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

A instancia de parte.

El documento cumplimentado de Comunicación de inicio de actividad, junto con la documentación adjunta se debe presentar en el registro general del Ayuntamiento o en cualquier otro legalmente habilitado.

La ley exige que la comunicación previa de inicio de la actividad se realice en el plazo fijado en la propia licencia, en caso de haberse establecido en la misma, y en su defecto en el de dos años a contar desde la notificación de la licencia, transcurridos los cuales la licencia perderá su vigencia

Este procedimiento está exento de la obligación de resolver, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.1 párrafo 2º, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Servicio Administrativo de Intervención y Disciplina de Actividades y Ponencia Técnica

  • Artículo 69 de la Ley Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Artículo 67 de la Ley Ley 4/2009, de 14 de mayo de Protección Ambiental Integrada.

Servicio Administrativo de Intervención y Disciplina de Actividades y Ponencia Técnica
Avenida Abenarabi 1, 30007 Murcia
Tfno.: 968358600 - Ext. 57008
email: servicio.actividades@ayto-murcia.es

CINATUR
Avenida Abenarabi 1, 30007 Murcia
Tfno.: 968358610
email: urbanismo@ayto-murcia.es