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Cédula de Urbanización

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IMPORTANTE: No confundir con la Cédula Urbanística, que es el documento expedido por el Ayuntamiento que contiene el régimen urbanístico aplicable a una finca o sector, ni con la Cédula de Edificación, que es el documento para la determinación de las condiciones técnicas de edificación de un solar determinado.

Artículo 151 de la Ley 13/2015 de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

La Cédula de Urbanización es el documento acreditativo de las condiciones requeridas para el desarrollo de una actuación urbanística y su correcta implantación territorial.

Contendrá las condiciones y requisitos exigidos por el planeamiento urbanístico y la ordenación territorial, así como las posibilidades o alternativas de conexión a las infraestructuras existentes o previstas del municipio, sin perjuicio de otras determinaciones legalmente establecidas.

Se expedirá por el ayuntamiento a petición de cualquier propietario incluido en el ámbito de la actuación, acompañando un avance de planeamiento del sector a desarrollar.

-En suelo urbanizable sin sectorizar, será preceptiva la solicitud de cédula para el desarrollo de cualquier actuación urbanística, debiendo recabarse por el ayuntamiento informe a la dirección general competente en materia de urbanismo, que deberá emitirse en el plazo de un mes.

- También podrá solicitarse dicha cédula para suelo urbano o urbanizable sectorizado, a fin de concretar los requisitos a exigir en el planeamiento de desarrollo.

La Cédula de Urbanización vinculará a la Administración actuante respecto de la tramitación ulterior del planeamiento de desarrollo y una vez obtenida se entenderá habilitado el solicitante para la presentación del planeamiento, siempre que estuviera legitimado para ello. La cédula caducará a los dos años de su emisión y, en todo caso, por modificación del planeamiento que le afecte.

Tramitación

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

A través de los teléfonos del Servicio Administrativo de Planeamiento. Centralita: 968 35 86 00; Extensiones: 57561, 57562, 57564, 57567 en horario de Lunes a Viernes de 9.00 a 13.30 horas.

Se efectuará a través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En caso de precisar la asistencia presencial al Servicio Administrativo de Planeamiento y dadas las restricciones de acceso al público a las dependencias municipales motivadas por el COVID-19, el interesado deberá deberá concertar cita con el Servicio Administrativo de Planeamiento para ser atendido por su personal, en el día y hora que se determine, en la Mesa 13 de la Planta Baja del Edificio Municipal sito en Avenida Abenarabi 1/a de Murcia en las siguientes extensiones telefónicas Centralita: 968 35 86 00. Extensiones: 57561, 57562, 57564, 57567.

 

- Ciudadanos.

- Personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica.

Quienes soliciten la expedición de una Cédula de Urbanización deberán acreditar su legimitación según artículo 147 de la Ley Ley13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

SOLICITUD DE EXPEDICIÓN DE CÉDULA DE URBANIZACIÓN:

1) Solicitud. (Instancia General).

2) Documentación completa según artículo 151 y 152 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia con las características que se indican en el apartado Preguntas Frecuentes.

 

PERSONAS FÍSICAS: Las personas físicas podrán elegir en todo momento si presentan la solicitud de tramitación a través de medios electrónicos o de forma presencial, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

La documentación podrá presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos del sector público. En caso de presentación electrónica y por limitaciones de espacio en la Sede electrónica, cada documento que integre el proyecto a presentar no deberá superar los 15 MB y se harán tantos envíos como sea necesario.

b) En las Oficinas Municipales de Información y Registro (Modalidad presencial). En caso de presentación en modalidad presencial, la documentación que integra el proyecto figurará en un soporte digital: CD, DVD, pendrive que se presentará junto con la solicitud y demás documentación que haya de aportarse (acreditación de representación, legitimidad, etc.)

c) En las otras formas de presentación previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

OBLIGADOS A RELACIONARSE CON LA ADMINISTRACIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS: Están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con este Ayuntamiento para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas. b) Las entidades sin personalidad jurídica. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

No obstante, como para la presentación del proyecto según se indica en Preguntas Frecuentes, se hace precisa la entrega presencial de un soporte digital Cd-ROM, DVD... se concertará cita con el Servicio Administrativo de Planeamiento tal y como se indica en "Contactar".

 

ACREDITACIÓN DE LA REPRESENTACIÓN, en caso de ser necesario:

De acuerdo con el art. 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quien actúe como representante, al efectuar la solicitud de tramitación, deberá acreditar la representación con la que actúa por cualquier medio válido en Derecho para su constancia en el expediente administrativo. Asimismo, en caso de que la persona física o jurídica designe un representante al presentar su solicitud, deberá acreditar que está autorizado para actuar en su nombre.

 

ACREDITACIÓN DE LA LEGITIMIDAD PARA INICIAR LA TRAMITACIÓN.

Deberá acreditarse la misma aportando los títulos de propiedad sobre el ámbito, según artículo 147 de la Ley Ley13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

La expedición de la cédula de Urbanización lleva aparejado el pago de una tasa de 43,80 € prevista en el artículo 7 de la Ordenanza Municipal de Tasas para la prestación de Servicios Urbanísticos. año 2020.

- Si se solicita la expedición de la Cédula de Urbanización en suelo urbanizable sin sectorizar, el plazo total para emisión de la cédula será de tres meses desde su solicitud.

- Si se solicita la expedición de la Cédula de Urbanización en suelo urbano o urbanizable sectorizado, el plazo de emisión será de un mes.

Positivo, según artículo 151.7 de la Ley 13/2015, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

Transcurrido el plazo señalado para su emisión, se entenderá habilitado el solicitante para la presentación del planeamiento de desarrollo.

En ningún caso se entenderá concedida por silencio administrativo la Cédula de Urbanización contraria a Derecho.

  • Unidad tramitadora: Servicio Administrativo de Planeamiento.
  • Órgano competente para su expedición: El Sr. Teniente de Alcalde de Desarrollo Sostenible y Huerta, de conformidad con las atribuciones que le han sido conferidas por Decreto del Excmo. Sr. Alcalde de fecha 18 de junio de 2019 relacionadas con los apartados 4 k) y 5 de la Ley 7/1982, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en materia de urbanismo y medio ambiente y en concreto, con el planeamiento urbanístico.

- Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Teniente de Alcalde de Desarrollo Sostenible y Huerta, a contar desde el día siguiente al que se produzca la notificación. Artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano jurisdiccional competente de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. 

Artículo 151 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

Debido a que ha de entregarse presencialmente el soporte digital que contiene el proyecto con las características que se indican en el apartado Preguntas Frecuentes, con independencia de que el promotor sea persona física o jurídica y dadas las restricciones de acceso al público a las dependencias municipales motivadas por el COVID-19, el promotor o su repesentante debidamente acreditado, deberá concertar cita con el Servicio Administrativo de Planeamiento en las siguientes extensiones telefónicas para su presentación en la Mesa 13 de la planta baja del Edificio Municipal sito en Avenida Abenarabi 1/a de Murcia el día y hora que se determine:

Centralita: 968 35 86 00. Extensiones: 57561, 57562, 57564, 57567.

¿QUÉ DOCUMENTACIÓN HA DE CONTENER LA SOLICITUD?

La solicitud de expedición de la Cédula de Urbanización deberá ir acompañada por un Avance de planeamiento, según artículo 152 de la Ley 13/2015 de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia.

La formulación de un avance de planeamiento tendrá por objeto definir su preordenación básica, delimitando su ámbito, estructura general y zonificación básica, con posibles alternativas para su oportuna tramitación. La documentación que integra el proyecto ha de cumplir las siguientes condiciones para su incorporación al gestor de expedientes administrativos electrónicos:

Deberá incorporarse en un soporte digital Cd-ROM, DVD o Pendrive y su contenido debe cumplir las siguientes especificaciones para su incorporación al gestor de expedientes administrativos electrónicos:

Se distribuirá en las siguientes carpetas:

* Carpeta denominada FICHEROS PDF DESPROTEGIDOS. Integrada por las Memorias o documentos que integran el proyecto en formato PDF desprotegido con el fin de que las funciones “Buscar” “Resaltar texto” y “Extraer páginas”.

* Carpeta denominada DOCUMENTACIÓN. Contendrá todo el contenido del proyecto en formato PDF: Tanto Memoria, como otros documentos que se precisen aportar de acuerdo con la normativa de aplicación, como los planos deben figurar en ficheros individuales para cada documento o plano. Los nombres de todos los ficheros deben de servir de claros identificadores de su contenido. Todos los documentos deberán estar firmados digitalmente, o bien con certificado de la empresa promotora o del promotor en caso de ser persona física y la documentación técnica correspondiente ir firmada electrónicamente por técnico redactor, todo ello bajo un sistema que garantice su protección, firma y diligenciado, que será validada y utilizada a todos los efectos (artículo 156 de la Ley 13/2015 de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia).

* Carpeta denominada DATOS: Contendrá los planos en formato: CAD (.dwg, .dxf). Ficheros Shape de ESTI (*.shp). Es obligatorio para todos los planos que su contenido esté georeferenciado utilizando el sistema de referencia de coordenadas ETRS89 / UTM 30N (EPSG:25830).

Para interesarse por el estado de su solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Servicio Administrativo de Planeamiento al teléfono 968 35 86 00;  Extensiones: 57561, 57562, 57564, 57567 en horario de Lunes a Viernes de 9.00 a 13.30 horas.

También puede realizar sus consultas sobre la tramitación del procedimiento administrativo en la siguiente dirección de correo electrónico: planeamiento@ayto-murcia.es . Para cuestiones de tipo técnico deberá contactar con el Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico.