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Subvenciones para realización de PROYECTOS que impulsen la empleabilidad en el municipio de Murcia

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Plazo de presentación de solicitudes finalizado

 

La presente convocatoria tiene por objeto regular los trámites y condiciones para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Ayuntamiento de Murcia, para la realización de proyectos, programas y actividades que impulsen y faciliten algunas de las actuaciones contenidas en los siguientes apartados, siempre y cuando todas ellas se realicen en el municipio de Murcia:

  • Ofrecer información, orientación, asesoramiento, atención y formación, a personas en situación de riesgo de exclusión social, encaminadas a la mejora de la cualificación profesional para el acceso al mercado de trabajo, mediante metodologías que persigan la incorporación al mercado laboral de personas que requieren apoyo en su búsqueda de empleo o autoempleo.
  • Facilitar el acceso al mundo profesional a personas jóvenes desempleadas, a través de la mejora y la adquisición de competencias emprendedoras, así como de técnicas para su desarrollo profesional destinadas a su integración en los espacios laborales y/o hacia el emprendimiento y la gestión empresarial.
  • Promover la cualificación profesional e inserción laboral de personas con diversidad funcional física, psíquica o sensorial, en situación de desempleo y/o en riesgo de pobreza y exclusión social.
  • Realizar actuaciones encaminadas a impulsar y facilitar nuevas estrategias y metodologías de generación de empleo destinadas a la integración sociolaboral de los colectivos en situación de desempleo y/o en riesgo de pobreza y exclusión social.

 

 

Podrán solicitar subvención las Asociaciones, Fundaciones y Entidades, todas ellas sin ánimo de lucro, cuyo domicilio fiscal o centro de trabajo se encuentre en el municipio de Murcia, siempre que recojan entre sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas al objeto de la presente convocatoria.

Las anteriores entidades, al momento de presentar su solicitud, deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Desarrollo de su actividad y tener sede en el municipio de Murcia.
  2. Estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público que corresponda según la naturaleza de la entidad.
  3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y el Ayuntamiento de Murcia, así como de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
  4. No estar incursa en ninguna causa de prohibición para ser considerada beneficiaria de subvenciones, según lo previsto en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación en su totalidad de los requisitos y condiciones establecidos en la misma.

Las entidades deberán presentar, junto con el modelo normalizado de solicitud, la siguiente documentación (ver apartado QUINTO de la convocatoria):

  1. Ficha de indicadores de las actuaciones a realizar, firmada por la persona que represente a la entidad, conforme al modelo del ANEXO I.
  2. Ficha de AUTOBAREMACIÓN, firmada por la persona que represente a la entidad, de acuerdo con el modelo del ANEXO II.
  3. Documentación acreditativa de los criterios de valoración que hayan sido incluidos en la ficha de AUTOBAREMACIÓN y cuya aportación deba ser realizada junto con la solicitud (ver apartado CUARTO de la convocatoria).
  4. Copia de la tarjeta de identificación fiscal.
  5. Copia de los estatutos de la entidad.
  6. Certificado actualizado de inscripción en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público que corresponda según la naturaleza de la entidad.
  7. Certificado actualizado del Secretario/a de la entidad con la relación actual de los miembros que componen sus órganos de Gobierno y Representación, o documento acreditativo de las personas que ostenta la representación de la entidad.
  8. Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante, que justifique la necesidad de la subvención solicitada.
  9. Declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras instituciones públicas o privadas para esa misma actividad.
  10. PROYECTO, programa o actividad a realizar, que cumpla con los requisitos establecidos en el apartado CUARTO de la presente convocatoria.
  11. En el caso de que exista oposición expresa para que el órgano gestor del Ayuntamiento de Murcia haga las consultas oportunas, se deberán aportar certificados actualizados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la AEAT, al Ayuntamiento de Murcia, y a la Seguridad Social.
  12. Certificación emitida por la entidad bancaria indicando el código de cuenta bancaria IBAN (24 dígitos) de la que la entidad solicitante, necesariamente, debe ser titular.

Los ANEXOS I y II están disponibles para su descarga en este mismo apartado. Una vez cumplimentados, se deben pasar a formato PDF y deben ser firmados por la persona que represente a la entidad.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local. No obstante, las entidades que deseen concurrir en el procedimiento, deberán presentar solicitud en el modelo normalizado establecido.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria y en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde a la Jefa de Servicio de Empleo de la Concejalía de Empleo, Comercio y Mercados.

El órgano competente para la resolución del procedimiento es la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.

Contra la resolución de este procedimiento podrá interponerse:

Recurso potestativo de reposición: en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a su notificiación o publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto, de acuerdo con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso contencioso-administrativo: en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Murcia, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

No obstante, si se interpone recurso potestativo de reposción, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mencionado recurso de reposición.

Asimismo, los interesados en el procedimiento podrán interponer cualquier recurso que estimen procedente.

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia (BORM nº 36 del 14/02/2023).
  • Bases de Ejecución vigentes del Presupuesto del Ayuntamiento de Murcia.
  • Convocatoria pública de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas, proyectos y/o actividades que impulsen la empleabilidad en el municipio de Murcia durante el ejercicio 2023, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17/03/2023 (BORM Nº 70 de fecha 25/03/2023)

Servicio de Empleo

Calle Azarbe del Papel, 22

30007 Murcia / 968 200 293

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