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XXIX Concurso de Proyectos Empresariales

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El Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia convoca el XXIX Concurso de Proyectos Empresariales con el objetivo de ayudar y motivar a personas en emprendimiento y a los emprendedores y las emprendedoras murcianas que han iniciado un negocio, favoreciendo la consolidación de las empresas constituídas en el último año y la creación de nuevas empresas para la reactivación la economía y el empleo.

Tramitación

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online en la sede.murcia.es


Si no dispone de certificado electrónico, sólo aquellas personas físicas no constituídas en empresas, podrán obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" de la sede.murcia.es para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

No obstante, se recomienda a todas las personas obtener el Certificado Digital. Solicitar Certificado en FNMT

www.sede.fnmt.gob.es/certificados

- A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.

- Con un Agente de Empleo y Desarrollo Local, en el Centro de Iniciativas Municipales CIMM, 968272167 

Las personas físicas pueden hacerlo a través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

No obstante, se recomienda a todas las personas obtener el Certificado Digital. Solicitar Certificado en FNMT www.sede.fnmt.gob.es/certificados

 

Podrán participar en este Concurso las personas físicas con residencia habitual en el Municipio de Murcia, individualmente o en grupo, con un negocio iniciado y dados de alta como autónomos y las personas jurídicas (pequeñas y medianas empresas) que estén domiciliadas en el Municipio de Murcia con fecha de constitución posterior al 1 de enero de 2020.

Así mismo podrán participar las personas físicas con residencia habitual en el Municipio de Murcia, individualmente o en grupo, con un proyecto en proceso de desarrollo y que vayan a constituir y dar de alta, en IAE y TGSS, antes del próximo 30 de septiembre de 2021

Se admite la participación de personas físicas individualmente o en grupo, sin residencia habitual en el municipio de Murcia, con un negocio en marcha o dados de alta como autónomos y las personas jurídicas (pequeñas y medianas empresas), cuando el domicilio fiscal, esté situado en el Municipio de Murcia. Igualmente los Proyectos Empresariales participantes deberán ser desarrollados y ser dados de alta en el Municipio de Murcia.

No tener deudas u obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Agencia Tributaria, ni con el Ayuntamiento de Murcia.

A la presente Convocatoria podrán concurrir participantes en la anterior convocatoria del Concurso, indebidamente excluidos, pese a reunir todos los requisitos de la misma, con el proyecto presentado en su día.

1 Obligatorio:

- Copia del NIF del solicitante o los/las solicitantes y, en su caso, de los/las socios/as participates que conformen el proyecto y por tanto comparten el premio. 

- Memoria descriptiva del proyecto, siguiendo las indicaciones de la BASE CUARTA del Concurso

- Vídeo de duración máxima 60 segundos para presentación de la empresa o proyecto.

2 Obligatorio para autónomos y sociedades, no obligatorio para ideas y proyectos en desarrollo no dado de alta:

- Además del NIF de la sociedad constituída, o autónomo-a deben aportar copia de Alta en IAE y en TGSS. Estos dos últimos documentos, en las ideas de negocio o proyectos en desarrollo a constituir antes del 30 de septiembre de 2021, deberán ser aportados necesariamente, a esa fecha,  para el abono del premio que, en su caso, se les conceda.

En cualquier caso, aténganse a lo dispuesto en las BASES y en Instrucciones de Solicitud.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Por el interesado dentro de plazo, El plazo de presentación de solicitudes, se inicia el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, tras su aprobación por la Junta de Gobierno Municipal y finaliza el 18 de junio de 2021. **** Ampliado plazo de presentación hasta el 23 de julio, por Junta de Gobierno Municipal del día 18/6/21

Las solicitud y documentos a aportar, para la participación en el Concurso se presentará en sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es Obligatoriamente todas las personas participantes que esté constituidas como personas autónomas o sociedades, deberán hacerlo por sede electrónica,  las personas con ideas empresariales, aún no constituídas, lo podrán hacer por sede electrónica (se recomienda), o de modo presencial en el registro general del Ayto. de Murcia, o cualquiera de los medios establecidos en la Ley sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Adjuntando, en ambos casos, los datos y la documentación que a continuación se relacionan:

• Copia del NIF del solicitante o los/las solicitantes y, en su caso, de los socios participantes que formen parte del proyecto y por tanto comparten el premio. Además el NIF de la sociedad constituida, en su caso, y copia del Alta en IAE y TGSS. Estos dos últimos documentos, en las ideas  de negocio o proyectos en desarrollo a constituir antes del próximo 30 de septiembre de 2021, deberán ser aportados en dicha fecha o anteriormente para el abono del premio que, en su caso, se les conceda.

Se recomienda a todas las personas obtener el Certificado Digital Solicitar Certificado - Sede (fnmt.gob.es) y formalizar la inscripción por sede electrónica www.sede.murcia.es

• Memoria descriptiva del proyecto empresarial siguiendo lo establecido en la Base Cuarta del Concurso.

• Vídeo con una duración máxima de 60 segundos de presentación de la Empresa o del Proyecto Empresarial, en su caso. El mismo deberá ser presentado siguiendo las instrucciones que se hagan constar en el procedimiento de sede electrónica. La presentación de un video de duración superior a la establecida, supondrá la exclusión de la presente Convocatoria del Concurso de proyectos Empresariales.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. Artículo 16 de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para Finalidades Culturales, Turísticas, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, Medio Ambiente, de Cooperación, Participación Vecinal, Consumo, Servicios Sociales y otras.

El órgano competente es la Junta de Gobierno conforme a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Artículo 127 g)

Las decisiones del Jurado serán inapelables. Contra el acuerdo de Resolución de Junta de Gobierno que ponga fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación o notificación individualizada, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 29/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

  • Bases de ejecución del presupuesto vigente a la fecha del Ayuntamiento de Murcia.
  • Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza General del Ayuntamiento de Murcia Reguladora de las Subvenciones (Publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. n.º:108, de 12 de mayo de 2004).
  • Bases del XXIX Concurso de Proyectos Empresariales, Convocatoria y Autorización del gasto.

Consultar el archivo de Preguntas frecuentes en el siguiente enlace

Centro de Iniciativas Municipales, carretera de Churra, 96, Santiago y Zaraiche 30007 Murcia.

Cita previa y consultas en el teléfono del centro: 968272167