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Solicitud CARRERA HORIZONTAL

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Es objeto del presente procedimiento habilitar la solicitud para aquellas personas empleadas públicas del Excmo. Ayuntamiento de Murcia que deseen incorporarse al sistema de carrera horizontal

Tramitación

Obligatorio conforme a lo dispuesto en el art. 14.e de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, al ser requisito de las personas interesadas el ser empleadas públicas de este Ayuntamiento, dirigiéndose en esa condición a esta Administración Pública

No está habilitado, al tratarse de un procedimiento que las personas interesadas actúan en su condición de empleadas públicas ante una Administración (art. 14.e de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común)

 

Personal empleado público del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, distinto del personal de elección política y personal eventual, con una antigüedad mínima en este Ayuntamiento de 36 meses, que deseando incorporarse a la carrera horizontal o actualizar su nivel de grado de antigüedad, cumpla los requisitos establecidos en el anexo VII del "Texto unificado de acuerdo de condiciones y convenio colectivo de empleadas y empleados públicos del Ayuntamiento de Murcia 2021-2023"

Las personas interesadas deberán acompañar la documentación acreditativa de los requisitos que no obren en su expediente personal (formación y experiencia profesional distinta de la realizada en el Ayuntamiento de Murcia)

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

A instancia de parte, al ser voluntaria la incorporación y tener carácter rogado.

Junta de Gobierno Local, delegado en la persona titular de la Concejalía competente en el área de Recursos Humanos.

Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Texto unificado del acuerdo de condiciones de trabajo y convenio colectivo de empleadas y empleados públicos del Ayuntamiento de Murcia 2021-2023 (https://www.murcia.es/web/portal/transparencia-activa-e-informacion-sobre-la-corporacion-municipal)

¿Se precisa de una permanencia mínima en el Ayumtamiento de Murcia?

SI. Es requisito imprescindible tener una antigüedad mínima de 36 meses en el Excmo. Ayuntamiento de Murcia

 

¿Se computa el tiempo prestado en otras Administraciones Públicas?

Sólo a nivel de subgrupo

 

¿Qué documentación he de aportar?

Cabe distinguir dos supuestos:

  1. El colectivo con pertenencia a los cuerpos de Policía Local o Bomberos no habrán de presentar documentación alguna, salvo la certificación de servicios prestados en otras administraciones públicas si procede.
  2. El resto de personal. Aquellos documentos relativos a horas de formación realizadas fuera del Ayuntamiento de Murcia y no acreditadas a efectos de EDER, así como la certificación de servicios prestados en otras administraciones públicas si procede.

El requisito de la formación o excesos horarios son relativos al periodo comprendido del 01/01/2016 al 31/07/2021, ambos inclusive.

 

¿Cuáles son los efectos de este procedimiento?

La incorporacion inicial al sistema de carrera horizontal, con carácter voluntario, de todo el personal empleado municipal del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, que cumpla los requisitos necesarios y formule su solicitud, estableciendo un plazo para formular la solicitud del 01/10/2021 al 02/11/2021, ambos inclusive y con efectos del 01/08/2021, por lo que los requisitos se deberán cumplir a 31/07/2021.

Posteriormente se habilitaran procedimientos similares para las peticiones de subida de grado conforme se cumplan quinquenios de antigüedad en esta administración pública.

Servicio de Personal