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XXX Concurso de Proyectos Empresariales

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El Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia convoca el XXX Concurso de Proyectos Empresariales con el objetivo de ayudar y motivar a personas en emprendimiento y a los emprendedores y las emprendedoras murcianas que han iniciado un negocio, favoreciendo la consolidación de las empresas constituídas en el último año y la creación de nuevas empresas para la reactivación la economía y el empleo. El plazo de SOLICITUD para participar en el XXX Concurso de Proyectos Empresariales, se extiende desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia BORM, hasta el día 31 de mayo de 2022. Adicionalmente se publicará en la web del Ayuntamiento de Murcia (https://murcia.es) y en la Web del Servicio de Empleo y Promoción Económica (https://murciaemplea.es/)

Tramitación

Las solicitudes para la participación en el Concurso se presentarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021 por todas las personas físicas o jurídicas participantes que cumplan los requisitos de la Base Segunda y que estén constituidas como autónomos o sociedades a fecha 31 de mayo de 2022.

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.

En caso de no tenerlo, el Certificado Digital se debe Solicitar Certificado - Sede (fnmt.gob.es) y formalizar por sede electrónica.

Cita previa y consultas con un Agente de Empleo y Desarrollo Local, agentesdesarrollo@ayto-murcia.es Teléfono: 968358600 ext.: 36503 y 33734

 

Junto con el modelo de solicitud, se presentará:

-  Copia del NIF.

En caso de personas físicas:

- Certificado de situación censal emitido por la Agencia Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad y/o copia alta Declaración censal Modelo 036/037.

- Documentación que acredite el alta en el régimen de seguridad social que corresponda.

En caso de personas jurídicas:

- Copia de la Escritura o documento de constitución y los estatutos en los que coste las normas por las que se regula su actividad.

- Certificado de situación censal emitido por la Agencia Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad.

- Documentación que acredite el alta en el régimen de seguridad social que corresponda.

En el caso de las COMUNIDAD DE BIENES, cuando el solicitante tenga esta condición, además de la documentación reseñada con anterioridad deberá aportar:

  • Declaración Responsable Comunidad de Bienes, debidamente cumplimentada.

  • La documentación requerida en las Bases para cada uno de los comuneros, presentada en un único archivo PDF.

Así mismo, en todos los casos:

- Declaración Responsable de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Certificado bancario donde conste el código IBAN y los titulares de la cuenta.

- Certificados acreditativos de no tener deudas u obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) ni con el Ayuntamiento de Murcia (AMT), que se deberán adjuntar en un único archivo pdf. https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G304.shtml https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/detalle/!ut/p/z1/rVTBbuIwFPyV7qFHy https://amtmurcia.tributoslocales.es

Memoria descriptiva de la empresa o proyecto empresarial, siguiendo las indicaciones de la BASE CUARTA del Concurso.

Vídeo con una duración máxima de 60 segundos de presentación de la Empresa o del Proyecto Empresarial, en su caso.

El video se adjuntará, junto con el resto de la documentación establecida en la BASE CUARTA a través del tramite de presentación de la instancia en Sede Electrónica. Si el archivo es mayor de 10 Mb, se adjuntará a través de la aplicación “FICHEROS VOLUMINOSOS” de la misma SEDE electrónica, en el trámite de presentación de la instancia. Adicionalmente, el vídeo se entregará en la misma fecha de la solicitud mediante enlace directo a través de https://wetransfer.com/ detallando en el campo mensaje el nombre del solicitante y del proyecto en su caso, al correo electrónico: agentesdesarrollo@ayto-murcia.es La presentación de un video de duración superior a la establecida, supondrá la exclusión de la presente Convocatoria del Concurso de proyectos Empresariales.

 

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Por el interesado dentro de plazo. El plazo de presentación de solicitudes, se inicia el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, tras su aprobación por la Junta de Gobierno Municipal y finaliza el 31 de mayo de 2022.

Las solicitudes y documentos a aportar, para la participación en el Concurso se presentarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021 Obligatoriamente todas las personas participantes, constituidas como empresario individual o sociedades, deberán hacerlo por sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021, y que cumplan los requisitos de la Base Segunda y que estén constituidas como autónomos o sociedades a fecha 31 de mayo de 2022.

Enlace para obtener el Certificado Digital Solicitar Certificado - Sede (fnmt.gob.es).

Junto a la solicitud deben adjuntarse los datos y la documentación que se relaciona en la Base Cuarta:

  • Nombre, dirección, teléfono y correo electrónico de la persona-as solicitante-es

  • Copia del NIF del solicitante o los/las solicitantes

  • Documentación justificativa de la actividad. Distingue entre personas físicas y personas jurídicas acreditando situación censal y alta en el régimen de Seguridad Social que corresponda.

  • Declaración Responsable de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

  • Certificado bancario donde conste el código IBAN y los titulares de la cuenta.

  • Certificados acreditativos de no tener deudas u obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) ni con el Ayuntamiento de Murcia (AMT)

  • Memoria descriptiva del proyecto empresarial con el contenido desglosado en la Base Cuarta del Concurso

  • Vídeo con una duración máxima de 60 segundos de presentación de la Empresa o del Proyecto Empresarial, en su caso. El mismo deberá ser presentado siguiendo las instrucciones que se hagan constar en el procedimiento de sede electrónica. La presentación de un vídeo de duración superior a la establecida, supondrá la exclusión de la presente Convocatoria del Concurso de proyectos Empresariales.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. Artículo 16 de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para Finalidades Culturales, Turísticas, Deportivas, Docentes, Juveniles, Sanitarias, Medio Ambiente, de Cooperación, Participación Vecinal, Consumo, Servicios Sociales y otras.

El órgano competente es la Junta de Gobierno conforme a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Artículo 127 g)

Las decisiones del Jurado serán inapelables. Contra el acuerdo de Resolución de Junta de Gobierno que ponga fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación o notificación individualizada, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 29/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

  • Bases de ejecución del presupuesto vigente a la fecha del Ayuntamiento de Murcia.
  • Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza General del Ayuntamiento de Murcia Reguladora de las Subvenciones (Publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. n.º:108, de 12 de mayo de 2004).
  • Bases del XXX Concurso de Proyectos Empresariales, Convocatoria y Autorización del gasto.

Podrán participar en este Concurso de conformidad con la Base Segunda de la Convocatoria, las personas físicas, individualmente o en grupo, que estén domiciliadas en el Municipio de Murcia, con un negocio iniciado, dados de alta como autónomos, y que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2021; o con un proyecto en proceso de desarrollo y que vayan a constituir y dar de alta en IAE y TGSS, hasta el día 31 de mayo de 2022 incluido.

Así mismo podrán participar la personas jurídicas (pequeñas y medianas empresas) que estén domiciliadas en el Municipio de Murcia y constituidas a partir del 1 de enero de 2021, o con un proyecto en proceso de desarrollo y que se vaya a constituir y dar de alta en IAE y en TGSS, hasta el día 31 de mayo de 2022 incluido.

  • Tener la consideración de PYME

  • Los autónomos y las empresas que desarrollen el proyecto deberán estar domiciliadas en el municipio de Murcia.

Consultar el archivo de Preguntas frecuentes en el siguiente enlace

Servicio de Empleo y Promoción Economica. 

Cita previa y consultas con un Agente de Empleo y Desarrollo Local, agentesdesarrollo@ayto-murcia.es Teléfono: 968358600 ext.: 36503 y 33734