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XXXI Concurso de Proyectos Empresariales

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El Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia convoca el XXXI Concurso de Proyectos Empresariales con el objetivo de ayudar y motivar a personas en emprendimiento y a los emprendedores y las emprendedoras murcianas que han iniciado un negocio, favoreciendo la consolidación de las empresas constituídas en el último año y la creación de nuevas empresas para la reactivación la economía y el empleo.

Tramitación

Las solicitudes para la participación en el Concurso se presentarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021 por todas las personas físicas o jurídicas participantes que cumplan los requisitos de la Base Segunda y que estén constituidas como autónomos o sociedades a fecha 15 de mayo de 2023.

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.

En caso de no tenerlo, el Certificado Digital se debe Solicitar Certificado - Sede (fnmt.gob.es) y formalizar por sede electrónica.

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010

Cita previa y consultas con un Agente de Empleo y Desarrollo Local, agentesdesarrollo@ayto-murcia.es Teléfono: 968200293 o  968358600 ext.: 36503 y 33734

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Ampliado el plazo de solicitud para participar hasta el próximo 29 de mayo inclusive.

Aténganse a lo dispuesto en las Bases (leerlas atentamente).

Dispone detalladamente de la Documentación a Presentar.

Se adjunta un Modelo de Plan de Empresa

Atención a cumplimentar correctamente la Solicitud y Declaraciones Responsables, firmar electrónicamente.

En caso de Comunidad de Bienes, deben de cumplimentar las dos Declaraciones Responsables, la de la Comunidad y la Declaración Responsable individual, a los efectos previstos en el artículo 13 apartado 7 de la Ley 38/2003.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Por el interesado dentro de plazo, El plazo de presentación de solicitudes, se inicia el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, tras su aprobación por la Junta de Gobierno Municipal y finaliza el 29 de mayo de 2023.

Las solicitud y documentos a aportar, para la participación en el Concurso se presentará en sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es Obligatoriamente todas las personas participantes, constituidas como empresario individual o sociedades, deberán hacerlo por sede electrónica del Ayuntameinto de Murcia www.sede.murcia.es, por todas las personas físicas o jurídicas participantes que cumplan los requisitos de la Base Segunda y que estén constituidas como autónomos o sociedades a fecha 15 de mayo de 2023. Enlace para obtener el Certificado Digital Solicitar Certificado - Sede (fnmt.gob.es).

Junto a la solicitud deben adjuntarse los datos y la documentación que se relaciona en la Base Cuarta:

  • Nombre, dirección, teléfono y correo electrónico de la persona-as solicitante-es

  • Copia del NIF del solicitante o los/las solicitantes

  • Documentación justificativa de la actividad. Distingue entre de personas físicas y personas jurídicas acreditando situación censal y alta en el régimen de Seguridad Social que corresponda.

  • Declaración Responsable de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

  • Declaración porcentaje participación (Solo para Comunidades de Bienes)

  • Certificado bancario donde conste el código IBAN y los titulares de la cuenta.

  • Certificados acreditativos de no tener deudas u obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) ni con el Ayuntamiento de Murcia (AMT) (de estar al corriente del pago de deudas con la Hacienda Local). Los certificados no deben tener más de 1 mes de antigüedad desde fecha del registro del formulario de solicitud.

  • Plan de Empresa con el contenido desglosado en la Base Cuarta del Concurso

  • Vídeo con una duración máxima de 60 segundos de presentación del Proyecto. El mismo deberá ser presentado siguiendo las instrucciones que se hagan constar en el procedimiento de sede electrónica. La presentación de un video de duración superior a la establecida, supondrá la exclusión de la presente Convocatoria del Concurso de proyectos Empresariales.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de los premios. 

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de los premios. 

El órgano competente es la Junta de Gobierno conforme a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Artículo 127 g).

Las decisiones del Jurado serán inapelables. Contra el acuerdo de Resolución de Junta de Gobierno que ponga fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación o notificación individualizada, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 29/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. 

  • Bases de ejecución del presupuesto vigente a la fecha del Ayuntamiento de Murcia.
  • Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza General del Ayuntamiento de Murcia Reguladora de las Subvenciones.
  • Bases del XXXI Concurso de Proyectos Empresariales, Convocatoria y Autorización del gasto.

Podrán participar en este Concurso de conformidad con la Base Segunda de la Convocatoria, las personas físicas, individualmente o en grupo, que estén domiciliadas en el Municipio de Murcia, con un negocio iniciado, dados de alta como autónomos, y que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2023; o con un proyecto en proceso de desarrollo y que vayan a constituir y dar de alta, en IAE y TGSS, hasta el día 15 de mayo de 2022 incluido.

Así mismo podrán participar la personas jurídicas (Microempresas) que estén domiciliadas en el Municipio de Murcia y constituidas a partir del 1 de enero de 2022, o con un proyecto en proceso de desarrollo y que se vaya a constituir y dar de alta, en IAE y TGSS, hasta el día 15 de mayo de 2023 incluido.

  • Tener la consideración de Microempresa

  • Las personas físicas y las empresas que desarrollen el proyecto deberán estar domiciliadas en el municipio de Murcia.

Consultar el archivo de Preguntas frecuentes en el siguiente enlace

 

Servicio de Empleo

Cita previa y consultas con un Agente de Empleo y Desarrollo Local, agentesdesarrollo@ayto-murcia.es Teléfono: 968358600 ext.: 36503 y 33734