Convocatoria concurrencia Subvenciones a Proyectos Igualdad y Prevención de Violencia hacia mujeres
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones por parte del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, que tengan por finalidad la realización de proyectos o actividades de intervención relacionados con la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y con la prevención de la violencia hacia las mujeres.
Tramitación
A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 días del año, mediante acceso con certificado electrónico.
A través del Teléfono municipal de Información Ciudadana, 010.
Podrán ser beneficiarias de subvenciones las entidades sin ánimo de lucro, que además de recoger en sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas a alguno de los ámbitos de actuación objeto de la convocatoria, que cumplan los requisitos establecidos en las bases.
Documentación relacionada.
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
El procedimiento se inicia de oficio por acuerdo de la Junta de Gobierno.
Requiere de solicitud formulada por las entidades.
Gratuito.
La resolución deberá producirse en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la Convocatoria.
Negativo (art. 25.5, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones)
Órgano competente
Concejala Delegada de Mujer, Políticas de Conciliación, Mayores y Discapacidad.
Órgano Instrucción
Personal técnico del área del Servicio de Igualdad y Atención a la Violencia de Género.
Órgano de resolución
Junta de Gobierno Local.
Tipo de alegación o recurso:
Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art.125, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.
Órgano de interposición:
Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución
Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Plazo de presentación del recurso
Recurso potestativo de reposición: Un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
- Ley 39/2015, DE 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia aprobada en sesión de Pleno celebrada el 24 de noviembre de 2022, (B.O.R.M. n.º 36, de 14 de febrero de 2023)
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia para el periodo 2021-2023, ejercicio 2021, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno de 18 de marzo de 2021 y su última actualización para el ejercicio 2023 aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión de fecha 26 de mayo de 2023.
- Acuerdo de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia, de fecha 25 de agosto de 2023, por el que se aprueba la subvención.
ANTES DE PRESENTAR SU SOLICITUD COMPRUEBE QUE HA REVISADO LAS AUTORIZACIONES DE CONSULTA EN FICHEROS PÚBLICOS PARA COMPROBAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA OBTENER, PERCIBIR Y MANTENER LA SUBVENCIÓN SOLICITADA.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
El periodo de ejecución de las actividades objeto de subvención será el comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.
El plazo de justificación de las subvenciones concedidas será de tres meses, una vez finalizado el plazo de ejecución dado en la presente convocatoria, esto es, el plazo finalizará el 31 de marzo de 2024.
Los gastos imputados a la subvención deberán corresponder a las actividades realizadas y facturadas durante el período de ejecución del proyecto, y pagados antes de la fecha límite del plazo de justificación.
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.
Servicio de Igualdad y Atención a la Violencia de Género.
Telefono: 968358600.
Extensiones 35813,35814 y 35815.