Convocatoria de Subvenciones de Proyectos de Prevención y Promoción de la Salud
Convocatoria tienen por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones del Ayuntamiento de Murcia que tengan por finalidad la realización de proyectos o actividades de intervención relacionados con las competencias EN MATERIA DE SALUD que tiene atribuidas por delegación la Concejalía de Bienestar Social, Familia y Salud del Ayuntamiento de Murcia, en relación con los siguientes sectores de población y con los objetivos que se señalan en la propia convocatoria.
Tramitación
Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Junto con la instancia que se formalizará según el modelo de solicitud disponible en “modelos para descargar”, deberá adjuntarse:
1. Proyecto en el que se detallen las actividades que se van a realizar y para las que se solicita subvención. Este proyecto deberá contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos: fundamentación, fines y objetivos, ámbito de actuación y destinatarios, descripción de actividades, metodología y planificación, recursos y evaluación.
2. Documento emitido por la entidad bancaria en el que se indique el código de cuenta bancaria IBAN (24 dígitos) de la Entidad solicitante en el que se hará, en su caso, el ingreso de la subvención concedida.
NOTA IMPORTANTE A TENER EN CUENTA:
Unicamente para los supuestos de aquellas entidades que no hayan participado en la última convocatoria de subvenciones del Servicio de Salud, o en el caso de que habiendo participado se hayan producido cambios en los Estatutos, composición de los miembros de gobierno y representación de la Entidad o cambios en los datos de identificación fiscal, se deberá aportar:
1. Copia de los estatutos de la Entidad en los que se acredite que está constituida conforme a su legislación específica y que figura inscrita en el Registro Administrativo que corresponda según su naturaleza.
2. Certificado del Secretario/a de la Entidad, con la relación actual de miembros que componen sus órganos de Gobierno y Representación, señalando, cuando proceda, la asamblea en la que se produjo la elección, así como el número total de miembros de la Entidad.
3. Copia de la tarjeta de identificación fiscal.
* Si no se dan los supuestos mencionados, no será necesaria adjuntar dicha documentación debiéndose marcar dicha circunstancia en la declaración responsable que se incluye en el modelo de instancia.
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
El procedimiento se inicia de oficio por acuerdo de la Junta de Gobierno.
Gratuito.
La resolución deberá producirse en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la Convocatoria.
Negativo (art. 25.5, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
Órgano Instrucción
Personal técnico del Área de Salud.
Órgano de resolución
Junta de Gobierno Local.
Tipo de alegación o recurso:
Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art.125, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.
Órgano de interposición:
Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución.
Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Plazo de presentación del recurso
Recurso potestativo de reposición: Un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia, de 24 de noviembre de 2022 (B.O.R.M. de 14-2-2023).
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia para el periodo 2021-2023, ejercicio 2023, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno de 31de marzo de 2023.
ANTES DE PRESENTAR SU SOLICITUD COMPRUEBE QUE HA REVISADO LAS AUTORIZACIONES DE CONSULTA EN FICHEROS PÚBLICOS PARA COMPROBAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS PARA OBTENER, PERCIBIR Y MANTENER LA SUBVENCIÓN SOLICITADA.
- El plazo para la presentación de solicitudes será desde el dÍa siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia durante veinte días (inclusive), siendo el primer día para su presentación el siguiente al de la publicación.
- El periodo de ejecución de las actividades objeto de subvención será el comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.
- Los gastos imputados a la subvención deberán corresponder a las actividades realizadas y facturadas durante el período de ejecución del proyecto, y pagados antes de la fecha límite del plazo de justificación especificado en el art. 18 de la convocatoria.
- El plazo de justificación de las subvenciones concedidas en virtud de la presente Convocatoria finalizará el 31 de marzo de 2024. La no justificación de la subvención concedida en tiempo y la forma prevista en la convocatoria será motivo de denegación de solicitud en la siguiente.
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.
Para consultas técnicas puede consultar con el Servicio de Salud en los siguientes teléfonos:
- Teléfono: 968358600.
- Extensiones: 33430, 33407, 38419