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Devolución Garantía para responder de Ejecución de Obras o Desperfectos en la Vía Pública

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Los promotores de obras con título habilitante podrán solicitar la devolución de la garantía constituida para responder de la ejecución de obras de urbanización o de posibles desperfectos en la vía pública.

Tramitación

A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 días del año, mediante acceso con certificado electrónico.

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Promotores de obras.

  • Original de la carta de pago de la garantía.
  • Copia del título habilitante a que corresponda la garantía
  • En el supuesto de que la garantía haya sido depositada en metálico, número de cuenta bancaria, código IBAN, donde realizar la transferencia.
     

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por existencia de defectos formales o materiales.

Tres meses (art. 21.3 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Positivo (art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Unidad tramitadora    

Servicio Administrativo de Disciplina Urbanística. Sección de Licencias de Edificación.

 

Órgano de resolución

Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta.

Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de recepción de la notificación, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
  • Ordenanza Municipal de Edificación y Uso del Suelo.
     

Objeto del procedimiento    

Devolución de la garantía constituida por los promotores de obras sujetas a título habilitante, para responder de la ejecución de obras de urbanización o de posibles desperfectos en la vía pública.

 

Requisitos de solicitud    

La solicitud deberá contener los siguientes datos:

  • Número del expediente de obras objeto del título habilitante.
  • Nombre y apellidos del depositario de la fianza/aval.
  • Referencia catastral del inmueble objeto de licencia.