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Transmisión de autorizaciones municipales para venta ambulante en mercados semanales del municipio

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Las autorizaciones municipales serán transmisibles en el caso de cese voluntario de actividad del titular de la autorización, dentro de su periodo de vigencia, a otras personas físicas o jurídicas, previa solicitud del interesado.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Interesados en la transmisión de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria en los mercados semanales del término municipal de Murcia.

DOCUMENTACIÓN PARA LA TRANSMISIÓN DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES PARA LA VENTA AMBULANTE EN LOS MERCADOS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE MURCIA

Considerando lo dispuesto en el art. 11.3 de la Ley 3/2014, de 2 de julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia, la transmisión únicamente facultará para la venta de la misma clase de artículos o productos autorizados al titular cedente y la vigencia quedará limitada al periodo restante del plazo establecido en la autorización que se transmite.

POR PARTE DEL BENEFICIARIO:

  • Instancia normalizada de solicitud de transmisión, firmada por el transmitente y el beneficiario.
  • Fotocopia compulsada del D.N.I. o N.I.E.
  • 1 fotografía tamaño carnet del beneficiario a color.
  • Certificado de alta del I.A.E del beneficiario en el epígrafe correspondiente a la actividad a desarrollar vigente, expedido por Hacienda.
  • Certificado de alta en la Seguridad Social como autónomo o Vida laboral del beneficiario vigente y encontrarse al corriente en el pago de sus cotizaciones. Puede obtenerla llamando al tlfno. 901 502050.
  • Justificante de ingreso de la tasa por expedición de documento, según Ordenanza Fiscal vigente, por importe de 44,90.-€. Para ello, a través de la Oficina Virtual del Ayuntamiento de Murcia el interesado se descargará la carta de pago correspondiente a la autoliquidación de la tasa requerida, pudiendo efectuar el pago de la misma con tarjeta de crédito desde la página web o bien imprimir la carta de pago resultante y realizarlo en cualquiera de las entidades bancarias colaboradoras que figuran en la misma en el siguiente enlace: www.murcia.es/ Agencia Municipal Tributaria/Oficina virtual tributaria Trámites sin certificado/Pagar mis tasas/ Servicio gestor: Administración de Consumo/ Tasa a liquidar: Licencia de venta ambulante-tasa por expedición de documentos.
  • Certificado de la Agencia Municipal Tributaria de encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y estar libre de deudas.
  • En cuanto a personal manipulador de alimentos: Certificado del curso de formación sanitaria en materia de higiene alimentaria vigente (para las actividades que lo requieran).
  • Seguro de Responsabilidad Civil vigente y recibo del mismo.
     

EN CASO DE TENER COLABORADOR/ES EN EL PUESTO DE VENTA

  • Fotocopia compulsada del DNI. o NIE. del colaborador/a.
  • Certificado de alta en la Seguridad Social como autónomo o Vida laboral del beneficiario vigente.
  • En cuanto a personal manipulador de alimentos: Certificado del curso de formación sanitaria en materia de higiene alimentaria vigente (para las actividades que lo requieran).
     

POR PARTE DEL TRANSMITENTE:

  • Documento de transmisión de los puestos de venta y resguardo del pago del Impuesto de Transmisiones.
  • Certificado de la Agencia Municipal Tributaria de encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y estar libre de deudas.
     

SOCIOS DE COOPERATIVAS:

  • Certificado del IAE de la Cooperativa.
  • Contrato laboral o Certificado emitido por el Consejo rector de la cooperativa u órgano representación, donde conste la fecha de incorporación del socio.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.  Una vez presentada y examinada se concederá, en su caso, un plazo para su subsanación o mejora de conformidad con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tasa correspondiente para la transmisión de la/s licencias municipales según lo establecido en las Ordenanzas Fiscales.

Tres meses (Art. 21, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Negativo (Art. 24,  Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Unidad tramitadora    

Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.

 

Órgano de resolución  

Servicio de Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.

Tipo de alegación o recurso:    

Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


Órgano de interposición:    

Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


Plazo de presentación  

Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

  • Ley 3/2014, de 2 de Julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ordenanza Municipal reguladora de la Venta Ambulante en el Término Municipal de Murcia, de 2 de febrero de 2011.
     

Objeto del procedimiento    

Transmisión de las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria en los mercados semanales del término municipal de Murcia.

 

Requisitos de solicitud    

Cese voluntario de actividad del titular de la autorización dentro de su período de vigencia.