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Ocio y tiempo libre en periodos vacacionales

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El programa de ACTIVIDADES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE engloba diferentes actividades educativas para los periodos de descanso escolar: vacaciones escolares de verano:

  • Promover el desarrollo personal de los menores a través de actividades lúdicas y recreativas, que constituyan una oferta de ocio lo más diversificado posible.
  • Prestar a las familias un servicio complementario en periodos de descanso escolar.
  • Participar en las distintas actividades de grupo sugeridas favoreciendo actitudes solidarias y cooperativas.
  • Favorecer en los niños el gusto por actividades culturales como fórmula de inversión en su tiempo libre
  • Potenciar el desarrollo de Actividades Lúdicas.

Tramitación

Servicio de  Educación sito en Avda. Abenarabi nº1 C.P 30.001 y a través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Escolares.

Admitida su solicitud deberá acompañar:

  • Autorización paterna/materna
  • Fotocopia de la tarjeta sanitaria
  • Resguardo de autoliquidación o carta de pago

 

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se inicia mediante presentación de boletín de inscripción (disponible durante el plazo de inscripción en la web www.murciaeducadora.net

Tarifa de precios públicos que se aprueba anualmente.

3 meses Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre.

Negativo (Art. 24 Ley 39/2015 de 1 de octubre)

Concejalía de Educación, Relaciones con Universidades y Patrimonio (Servicio de Educación)

Tipo de alegación o recurso:    

Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


Órgano de interposición:    

Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Plazo de presentación  

Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

  • Ley Orgánica reguladora derecho educación 1985-D.A. 2ª (NO DEROGADA).
  • Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación.
  • Real Decreto 2274/03 Cooperación de las Corporaciones Locales con Ministerio de Educación y Ciencia (Cap. VIII-Art. 1).
  • Bases que han de regir las actividades de ocio y tiempo libre aprobada en Junta de Gobierno.
  • Contratos: TR. LCSP aprobado por R.D. Ley 3/2011 de 14 de noviembre.
  • Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Objeto del procedimiento    
El objeto del procedimiento es proporcionar a los escolares actividades lúdicas y culturales en los periodos de vacaciones escolares, como por ejemplo, senderismo, teatro infantil en auditorios municipales, cine en sesión matinal, etc.

Plazo de presentación    

El que determine en las Bases Reguladoras.