Solicitud de Beneficios fiscales en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Este trámite permite al sujeto pasivo solicitar los siguientes beneficios fiscales en el IVTM:
- Exención por discapacidad: Pueden optar a ésta los titulares de vehículos que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y que utilicen dicho vehículo para uso exclusivo del mismo o esté destinado al transporte de personas con movilidad reducida. La duración de ésta dependerá del plazo de validez del certificado que acredite el grado de discapacidad.
- Exención para vehículos destinados a usos agrícolas: Pueden solicitarla los titulares de vehículos que sean utilizados para labores agrícolas y así lo acrediten mediante la correspondiente cartilla agrícola.
- Bonificación de vehículos ecológicos: Podrán solicitarla los titulares de vehículos hibridos, vehículos con motor que dispongan de limitador de emisiones de CO2, y vehículos cuyo combustible sea gas, teniendo en cuenta los requisitos y el plazo de duración que establece la Ordenanza.
Para poder disfrutar de estas el sujeto pasivo deberá estar al corriente en sus pagos con la Hacienda Municipal.
Tramitación
968.35.50.02 / aytomurcia@canaltributos.com y a través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas con discapacidad.
Personas Físicas.
Entidades Jurídicas.
- Formulario de solicitud (solo para presentación por escrito)
- Exención por discapacidad: Declaración de uso exclusivo para traslado del discapacitado y declaración de uso exclusivo, con renuncia del anterior en su caso, firmada por el interesado. Copia del documento acreditativo de la condición de discapacidad (certificado o resolución expedida por el IMAS). Copia del permiso de circulación y ficha técnica del vehículo para el que se solicita la exención, en caso de que sea un vehículo de nueva matriculación.
- Exención por uso agrícola: Cartilla agrícola.
- Bonificación de vehículos ecológicos: Ficha técnica del vehículo.
A solicitud del obligado.
Seis meses desde la presentación de la solicitud.
Desestimatorio.
La Directora de la Agencia Municipal Tributaria.
- R. D. L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
-Ordenanza Fiscal 3.3 Reguladora del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Murcia.
- Art. 33 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos Locales del Ayuntamiento de Murcia.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Antes del 31 de Diciembre del ejercicio anterior al que haya de surtir efectos.