Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

Denuncia por Infracción de la Ordenanza de Limpieza Viaria

  •   
  •   
  •   

Sancionar Infracciones a lo dispuesto en la Ordenanza de Limpieza Viaria.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro, en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y Registro Electrónico General.

 

Personas Físicas o Entidades Jurídicas.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio por acuerdo del órgano competente que actúa como consecuencia de denuncia.

Seis meses (Art. 12 Ordenanza Reguladora del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004) y Art. 21.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Caducidad (Art. 25 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Unidad tramitadora

Negociado de Sanciones-Ordenanzas perteneciente al Servicio de Sanciones.

 

Órgano de resolución

Teniente de Alcalde Delegado de Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos. (Delegación Decreto 22-02-2018).

El pago voluntario de la sanción en momento anterior a la resolución, preferiblemente dentro de los 15 días siguientes a la notificación de inicio del procedimiento, implicará una reducción del 20%. Si además el infractor reconoce su responsabilidad, la reducción será del 40%. La efectividad de las citadas reducciones estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. (Art. 85.3 Ley 39/2015).

 

Alegaciones

Alegaciones al inicio del procedimiento: plazo 15 días desde notificación de inicio, ante el Teniente de Alcalde Delegado de Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos.


Alegaciones a propuesta de resolución: plazo 15 días desde notificación de propuesta, ante la Jefe de Servicio de Sanciones.

 

Tipo de alegación o recurso:

Recurso de Reposición 1 mes ante el Teniente de Alcalde Delegado de Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos.

Recurso Económico-Administrativo 1 mes ante el Consejo Consejo Económico Administrativo de Murcia.

Recurso Contencioso-Administrativo 2 meses ante Órgano Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

  • Ordenanza Reguladora del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004).

  • Ordenanza de Limpieza Viaria.

Objeto del procedimiento

Promover la minimización de la producción de residuos, así como la peligrosidad e impacto en el medio ambiente, así como la reutilización y la recogida diferenciada y selectiva en diferentes fracciones.