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Denuncia por Infracción de la Ordenanza de Ocupación de Vía Pública

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Sancionar Infracciones a lo dispuesto en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Ocupación de la Vía pública con Terrazas y otras Instalaciones.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro, en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y Registro Electrónico General.

 

Personas Físicas o Entidades Jurídicas.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio por acuerdo del órgano competente que actúa como consecuencia de denuncia.

Seis meses (Art. 12 Ordenanza Reguladora del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004) y Art. 21.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Caducidad (Art. 25 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Unidad tramitadora    

Negociado de Sanciones-Ordenanzas perteneciente al Servicio de Sanciones.

 

Órgano de resolución    

Concejal Delegado de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos. (Delegación Decreto 22-02-2018).

El pago voluntario de la sanción en momento anterior a la resolución, preferiblemente dentro de los 15 días siguientes a la notificación de inicio del procedimiento, implicará una reducción del 20%. Si además el infractor reconoce su responsabilidad, la reducción será del 40%. La efectividad de las citadas reducciones estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. (Art. 85.3 Ley 39/2015).

 

Alegaciones

Alegaciones al inicio del procedimiento: plazo 15 días desde notificación de inicio, ante el Concejal Delegado de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos.

Alegaciones a propuesta de resolución: plazo 15 días desde notificación de propuesta, ante la Jefe de Servicio de Sanciones.

 

Tipo de alegación o recurso:  

Recurso de Reposición 1 mes ante el Concejal Delegado de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos.

Recurso Económico-Administrativo 1 mes ante el Consejo Económico Administrativo de Murcia.

Recurso Contencioso-Administrativo 2 meses ante Órgano Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza Reguladora del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004).
  • Ordenanza Municipal Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y otras Instalaciones.

Objeto del procedimiento    

La regulación del régimen jurídico al que queda sometido el aprovechamiento de terrenos de dominio público municipal mediante la instalación de terrazas.