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Representación para atender requerimientos de la Inspección Tributaria del Ayuntamiento de Murcia

Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

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Para atender requerimientos de Inspección por persona física o jurídica distinta al requerido.

Tramitación

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

  • Personas Físicas.
  • Entidades Jurídicas.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Descargar modelo de representación de la web de la Agencia Municipal Tributaria o recogerlo en la Inspección de la Agencia Municipal Tributaria, sita en Plaza de Europa, 2ª Planta, 30001- Murcia.

Unidad tramitadora:    AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA-INSPECCIÓN

Órgano de resolución:    AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA

- Ley General Tributaria (Ley 58/2003 de 17 de diciembre) Artículos 45, 46 y 47.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de Gestión e Inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, art. 109, 110, 111 y 112.

 

Objeto del procedimiento:    Facilitar al contribuyente citado por la Inspección el poder atender el requerimiento y sus obligaciones tributarias mediante representante, bien sea persona física o jurídica.