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Registro Municipal de Demandantes de Vivienda

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Constituye un instrumento que proporciona al Ayuntamiento de Murcia información actualizada sobre la demanda de vivienda que existente en el municipio, y permite planificar actuaciones atendiendo a las necesidades existentes.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Personas físicas.

Solicitud en modelo normalizado debidamente cumplimentado con la siguiente documentación.


Documentos generales:

  • Fotocopia compulsada del DNI, Tarjeta de residente o Pasaporte, de los miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia compulsada del Libro de Familia o certificado de nacimiento. En el caso de parejas de hecho sin hijos en común, Certificado del Registro de Parejas de hecho.
  • Autorización firmada por todos los miembros mayores de 14 años para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.
  • Certificado de escolaridad de los menores de la unidad familiar o de convivencia.
  • Informe actualizado de la Vida Laboral completo, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, mayores de 16 años, hayan o no hayan trabajado.
  • Justificante del régimen de tenencia de la vivienda, según el caso:

- Fotocopia compulsada de contrato de alquiler y último recibo pagado, o documento de cesión de la vivienda, en su caso.
- En caso de ser vivienda municipal, nombre y apellidos del titular.
- Fotocopia de escrituras de la vivienda, en el caso de alegar “espacio insuficiente”.

 

Justificante de ingresos del año anterior y del año actual, de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, según el caso:

  • Fotocopia completa y compulsada de la declaración de la renta del ejercicio anterior de las personas obligadas a realizarla.
  • Fotocopia de todas las nóminas del año anterior a la fecha de la solicitud y/o Certificado de Retenciones de IRPF de la empresa/s de todos los miembros que hayan trabajado.
  • Declaración de componentes de la unidad de convivencia y de sus ingresos.

 

Documentos específicos según circunstancias:

  • Fotocopia compulsada del certificado de la Condición Legal de Discapacidad (dictamen técnico).
  • Fotocopia de la sentencia de separación y/o divorcio y del convenio regulador (ratificado por el juez).
  • Fotocopia de las medidas judiciales paterno-filiales en la ruptura de las parejas de hecho con hijos en común.
  • Documentación que acredite la situación de estar en un proceso de desahucio judicial.
  • Documento del valor de las propiedades a efectos de Transmisiones Patrimoniales.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.

Tres meses (Art. 21 Ley 39/2015 de 1 de octubre)

Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de octubre)

Unidad tramitadora:
 
Servicio de Vivienda de la Concejalía de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.
 
Órgano de resolución:

 
La resolución corresponderá a la Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.

 

Tipo de alegación o recurso:    

Recurso potestativo de reposición.
Contencioso-administrativa.


Órgano de interposición:    

Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.


Plazo de presentación    

Recurso de Reposición de 1 mes.
Recurso de Contencioso-Administrativo de 2 meses.

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • RD Ley 31/1978 de 31 de octubre sobre política de vivienda de protección oficial.
  • Reglamento Municipal del Registro de Demandantes de Vivienda del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.  BORM de 13 de junio de 2013.

Objeto del procedimiento    

Con la finalidad de cubrir las necesidades de alojamiento de unidades familiares en situación de especial vulnerabilidad y que no puedan satisfacerla por sus propios medios. Establece bases y procedimientos de inscripción, selección y adjudicación de viviendas municipales.

 

Requisitos de solicitud  

1. Persona Física residente en el municipio de Murcia.
2. Tener nacionalidad española o ser extranjero con residencia de larga duración o permanente.
3. Ser mayor de edad o menor emancipado.
4. Ingresos económicos ponderados de todas las personas del grupo familiar no pueden ser superiores a 2.5 del IPREM.
5. Empadronamiento en el municipio.
La persona solicitante tiene que estar inscrita en el padrón de habitantes, tres años anteriores y consecutivos a la fecha de la solicitud o cinco años no consecutivos en los últimos diez años.
Todos las personas del grupo familiar deben estar inscritas en el mismo domicilio, en el padrón de habitantes.
6. La persona solicitante y su unidad familiar o de convivencia no deben ser titulares de derechos reales, o de bienes muebles o inmuebles:

  • Que excedan del 25% del precio máxima de vda. Protegida (sin anexos) del tipo B.
  • Que excedan del 30% en caso de familias numerosas.

7. Acreditar necesidad de vivienda, suficientemente justificado, según baremo vigente:

  • Deficientes condiciones de habitabilidad.
  • Carecer de la misma en propiedad, usufructo o arrendamiento.
  • Alquiler superior al 25 % de los ingresos familiares.

 

Formulario de solicitud    

Solicitud en modelo normalizado.
Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y de los ingresos mensuales y su procedencia (modelo normalizado).
Autorización firmada por todas las personas mayores de 14 años que forman la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.