Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

Cambio de Vivienda

  •   
  •   
  •   

El Ayuntamiento de Murcia en casos en que la vivienda municipal adjudicada no reúna las condiciones necesarias, por cuestiones graves de discapacidad y/o salud del titular o alguno de sus miembros de la unidad familiar, o cuando la vivienda no reúna las condiciones adecuadas para el grupo familiar que lo ocupa, se podrá solicitar cambio de vivienda.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Personas físicas.

Solicitud debidamente cumplimentada, adjuntando la siguiente documentación referida a todos los miembros de la unidad familiar:

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.

Reconocimiento de la deuda de alquiler de la vivienda si existiera, y aceptación del pago de la misma.

Tres meses (Art. 21 Ley 39/2015 del 1 de Octubre).

Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de Octubre).

Unidad tramitadora:
 
Servicio de Vivienda de la Concejalía de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.
 
Órgano de resolución:
 
La resolución corresponderá a la Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.

Tipo de alegación o recurso:    

Reposición con carácter potestativo y previa a la vía contencioso-administrativa.


Órgano de interposición:    

Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.


Plazo de presentación    

Recurso de Reposición en 1 mes.
Recurso Contencioso-Administrativo en 2 meses.

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Acuerdo de la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 24 de octubre de 2012.

Objeto del procedimiento    

Concesión de cambios o permutas de viviendas adjudicadas en régimen de arrendamiento o cesión de uso.

 

Requisitos de solicitud    

  • Que el solicitante sea titular de un contrato de arrendamiento y cesión de uso.
  • Que el solicitante se encuentre al corriente de pago del arrendamiento y gastos comunes de la vivienda y plaza de garaje, en su caso.
  • Que cumpla las condiciones de uso y ocupación, y no concurra causa de resolución de contrato.
  • Que la vivienda que ocupa se encuentre en buen estado de conservación.

 

Formulario de solicitud

  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y de los ingresos mensuales y su procedencia.
  • Autorización firmada por todas las personas mayores de 14 años que forman la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.