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Cambio de Vivienda

Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

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Instancia General

El Ayuntamiento de Murcia en casos en que la vivienda municipal adjudicada no reúna las condiciones necesarias, por cuestiones graves de discapacidad y/o salud del titular o alguno de sus miembros de la unidad familiar, o cuando la vivienda no reúna las condiciones adecuadas para el grupo familiar que lo ocupa, se podrá solicitar cambio de vivienda.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Personas físicas.

Solicitud debidamente cumplimentada, adjuntando la siguiente documentación referida a todos los miembros de la unidad familiar:
Documentos generales:

  • Fotocopia compulsada de DNI o Tarjeta de residente/Pasaporte, en vigor de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia.
  • Fotocopia compulsada del Libro de Familia o certificado de nacimiento. En el caso de parejas de hecho sin hijos en común, Certificado del Registro Municipal de Parejas de hecho.
  • Autorización firmada por todos los miembros mayores de 14 años para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.
  • Certificado de escolarización de los menores de la unidad familiar.
  • Informe actualizado de la Vida Laboral completo, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia, mayores de 16 años, hayan o no hayan trabajado  (se puede solicitar llamando al tfno. 901 50 20 50).


Justificante de ingresos del año anterior y del año actual, de todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia , según el caso:

  • Fotocopia completa y compulsada de la declaración de la renta del ejercicio anterior de las personas obligadas a realizarla.
  • Fotocopia de todas las nóminas del año anterior a la fecha de la solicitud y/o Certificado de Retenciones de IRPF de la empresa/s de todos los miembros que hayan trabajado ese año.
  • Declaración de componentes de la unidad de convivencia y de sus ingresos.


Documentos específicos según circunstancias:

  • Fotocopia compulsada del certificado de la Condición Legal de Discapacidad (dictamen técnico),  de las personas de la unidad familiar o de convivencia que aleguen esa situación.
  • Fotocopia de la sentencia de separación y/o divorcio y del convenio regulador (ratificado por el juez).
  • Fotocopia de las medidas judiciales paterno-filiales en la ruptura de las parejas de hecho con hijos en común.
  • Documentos justificativos de la necesidad de cambio.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.

Reconocimiento de la deuda de alquiler de la vivienda si existiera, y aceptación del pago de la misma.

Tres meses (Art. 21 Ley 39/2015 del 1 de Octubre).

Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de Octubre).

Unidad tramitadora:
 
Servicio de Vivienda de la Concejalía de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.
 
Órgano de resolución:
 
La resolución corresponderá a la Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.

Tipo de alegación o recurso:    

Reposición con carácter potestativo y previa a la vía contencioso-administrativa.


Órgano de interposición:    

Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.


Plazo de presentación    

Recurso de Reposición en 1 mes.
Recurso Contencioso-Administrativo en 2 meses.

  • Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL)
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Acuerdo de la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 24 de octubre de 2012.

Objeto del procedimiento    

Concesión de cambios o permutas de viviendas adjudicadas en régimen de arrendamiento o cesión de uso.

 

Requisitos de solicitud    

  • Que el solicitante sea titular de un contrato de arrendamiento y cesión de uso.
  • Que el solicitante se encuentre al corriente de pago del arrendamiento y gastos comunes de la vivienda y plaza de garaje, en su caso.
  • Que cumpla las condiciones de uso y ocupación, y no concurra causa de resolución de contrato.
  • Que la vivienda que ocupa se encuentre en buen estado de conservación.

 

Formulario de solicitud

  • Solicitud en modelo normalizado.
  • Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y de los ingresos mensuales y su procedencia.
  • Autorización firmada por todas las personas mayores de 14 años que forman la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.