Cambio de Vivienda
El Ayuntamiento de Murcia en casos en que la vivienda municipal adjudicada no reúna las condiciones necesarias, por cuestiones graves de discapacidad y/o salud del titular o alguno de sus miembros de la unidad familiar, o cuando la vivienda no reúna las condiciones adecuadas para el grupo familiar que lo ocupa, se podrá solicitar cambio de vivienda.
Tramitación
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas físicas.
Solicitud debidamente cumplimentada, adjuntando la siguiente documentación referida a todos los miembros de la unidad familiar:
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales.
Reconocimiento de la deuda de alquiler de la vivienda si existiera, y aceptación del pago de la misma.
Tres meses (Art. 21 Ley 39/2015 del 1 de Octubre).
Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de Octubre).
Unidad tramitadora:
Servicio de Vivienda de la Concejalía de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.
Órgano de resolución:
La resolución corresponderá a la Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.
Tipo de alegación o recurso:
Reposición con carácter potestativo y previa a la vía contencioso-administrativa.
Órgano de interposición:
Concejal Delegada de Mayores, Discapacidad y Cooperación al Desarrollo.
Plazo de presentación
Recurso de Reposición en 1 mes.
Recurso Contencioso-Administrativo en 2 meses.
- Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Acuerdo de la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 24 de octubre de 2012.
Objeto del procedimiento
Concesión de cambios o permutas de viviendas adjudicadas en régimen de arrendamiento o cesión de uso.
Requisitos de solicitud
- Que el solicitante sea titular de un contrato de arrendamiento y cesión de uso.
- Que el solicitante se encuentre al corriente de pago del arrendamiento y gastos comunes de la vivienda y plaza de garaje, en su caso.
- Que cumpla las condiciones de uso y ocupación, y no concurra causa de resolución de contrato.
- Que la vivienda que ocupa se encuentre en buen estado de conservación.
Formulario de solicitud
- Solicitud en modelo normalizado.
- Declaración responsable de la composición de la unidad familiar y de los ingresos mensuales y su procedencia.
- Autorización firmada por todas las personas mayores de 14 años que forman la unidad familiar, para que el Ayuntamiento de Murcia pueda recabar sus datos ante otras administraciones.