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Solicitud de Autorización de Vertidos al Alcantarillado

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La autorización de vertidos industriales a la red de saneamiento de actividades que no están sujetas a licencia de actividad, sino a declaración responsable, es una autorización municipal específica que se rige por lo dispuesto en el Decreto regional 16/1999, de 22 de abril de vertidos de aguas residuales al alcantarillado, según lo dispuesto en el art. 62.2 de la Ley 4/2009, de 14 de mayo de  Protección Ambiental Integrada.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Entidades Jurídicas.

Documentación justificativa de los requisitos señalados en el art. 2.2 del Decreto 16/1999, de 22 de abril, sobre vertidos de Aguas residuales industriales al alcantarillado.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Se iniciará por solicitud del interesado acompañando la documentación justificativa de los requisitos del art. 2.2 del Decreto regional 16/1999.

 

Requisitos de solicitud    

La solicitud debe contener al menos los datos señalados en el art. 2.2 del Decreto 16/1666, de 22 de abril, sobre vertidos de Aguas residuales industriales al alcantarillado, que son:
a) Características  detalladas de la actividad causante del vertido (producción, proceso, materias primas, etc…)
b) Consumo de agua y su procedencia.
c) Volumen de vertido (en metros cúbicos hora, día y año) y localización del punto de evacuación.
d) Características analíticas del vertido.
e) Instalaciones de pretratamiento y/o depuración y de las medidas de seguridad en evitación de vertidos accidentales.
f) Programa de seguimiento y control del vertido.

 

Plazo de presentación    

Se presentará con anterioridad a formular la Declaración Responsable y a iniciar la actividad no sujeta a licencia de actividad.

Tres meses (Art. 62.2, Ley 4/2009, de 14 de mayo de  Protección Ambiental Integrada)

Positivo (Art.62. 2, Ley 4/2009, de 14 de mayo de Protección Ambiental Integrada)

Servicio de Medio Ambiente.

 

Recurso potestativo de reposición contra la desestimación de solicitud de autorización de vertidos al alcantarillado ante el Servicio de Medio Ambiente en 1 mes desde la recepción de la notificación.

  • Ley 4/2009, de 14 de mayo de  Protección Ambiental Integrada.
  • Decreto regional 16/1999, de 22 de abril de vertidos de aguas residuales al alcantarillado
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Reglamento Municipal de Servicio de Alcantarillado y Desagüe de las Aguas Residuales de 25 de junio de 1986.

Objeto del procedimiento    

Autorizar el vertido de aguas residuales industriales al alcantarillado municipal de las empresas obligadas a ello que no están sujetas a licencia de actividad, fijando dicha autorización los límites en cuanto a las características del vertido, su caudal y horarios de descarga, estableciendo los programas de ejecución de las instalaciones de depuración y control de vertido, y señalando un programa de vigilancia respecto al mantenimiento de las instalaciones y las certificaciones periódicas de entidades colaboradoras.