Solicitud de aprovechamiento de frutos y productos vegetales y forestales de zonas verdes públicas
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
La Ordenanza Municipal de Zonas Verdes y Arbolado Viario (B.O.R.M. nº 158, de 10 de julio de 2012), en su artículo 60 señala que todo aprovechamiento de los frutos y productos derivados de los elementos vegetales y forestales de propiedad municipal requerirá obligatoriamente la obtención de autorización previa, que se tramitará mediante el correspondiente expediente, que se iniciará a solicitud de los interesados o de oficio por la Administración.
Tramitación
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas físicas o Entidades Jurídicas.
Se iniciará por solicitud del interesado (aunque también se puede iniciar de oficio a través de procedimiento de concurrencia pública).
Requisitos de solicitud
No hay requisitos específicos de solicitud, pero resulta conveniente indicar con precisión el tipo de los frutos o elementos vegetales o forestales que solicita, su ubicación, periodo de recogida, y todos los aspectos oportunos para la tramitación del procedimiento.
Plazo de presentación
No está sujeto a plazo, salvo que se haga un proceso de concurrencia pública, en la cual se señalará plazo para presentar las peticiones.
No lleva en principio aparejado pago, salvo casos de concurrencia pública.
Tres meses desde la presentación de la solicitud (Art. 21 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Negativo (art. 95 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Servicio de Medio Ambiente (zonas verdes)
Tipo de alegación o recurso:
Recurso potestativo de reposición contra la resolución que desestime la solicitud.
Órgano de interposición:
Servicio de Medio Ambiente.
Plazo de presentación
1 mes desde la recepción de la notificación.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ordenanza Municipal de Áreas Verdes y Arbolado viario (2012)
Objeto del procedimiento
Tramitar un procedimiento para valorar la posibilidad de aprovechamiento de frutos y otros elementos vegetales o forestales de propiedad municipal que soliciten los administrados, y en su caso, conceder autorización para ello señalando las condiciones concretas del ejercicio de dicha autorización (plazo, lugar, modo de recolección, etc…), según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal de Zonas Verdes y Arbolado Viario.