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Concesión de subvenciones para la creación y fomento del EMPLEO en el municipio de Murcia.

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El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 8 de febrero, y finaliza el 5 de mayo de 2023 (ambos inclusive). Fomentar la creación de empleo en el municipio de Murcia, mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, que incentiven la realización de contratos laborales indefinidos, de personas desempleadas, así como la contratación de trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción, en los términos previstos en la convocatoria de estas subvenciones.

Tramitación

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

La solicitud de subvención se debe presentar obligatoriamente en el MODELO NORMALIZADO establecido, que es el que por defecto se cumplimenta si la presentación se realiza a través de este procedimiento de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia. No obstante, si se desea presentar en otros registros, dicho modelo se encuentra disponible en el apartado MODELOS PARA DESCARGAR, NO siendo admitidas a trámite las solicitudes que sean presentadas por medio de otros escritos o modelos distintos al normalizado.

Junto con el anterior modelo normalizado de solicitud, se debe presentar, además:

- Documentación del solicitante (obligatorio).

- Documentación de la persona contratada (obligatorio). Se debe presentar con el formulario “Información de la persona contratada”, que está disponible en el apartado MODELOS PARA DESCARGAR.

- Documentación, en su caso, de los criterios de valoración (opcional).

La documentación a la que hacen referencia los apartados anteriores, y su forma de presentación, es la indicada en este enlace “Documentación a presentar”

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio, por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local. No obstante, las personas o entidades que deseen concurrir en el procedimiento, deberán presentar solicitud en el modelo normalizado establecido.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Desestimatorio, de acuerdo con lo previsto en la convocatoria y en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Unidad tramitadora: La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al Servicio de Empleo de la Concejalía de Empleo, Comercio y Mercados (LA0003013).

Órgano de resolución: El órgano competente para la resolución del procedimiento es la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Murcia(LA0003201).

Contra la resolución de este procedimiento podrá interponerse:

Recurso potestativo de reposición: en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto, de acuerdo con los artículos 123y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recurso contencioso-administrativo: en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Murcia, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

No obstante, si se interpone recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mencionado recurso de reposición.

Asimismo, los interesados en el procedimiento podrán interponer cualquier recurso que estimen procedente.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Ordenanza General Reguladora de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia, aprobada en sesión de Pleno celebrada el 26-2-2004 (BORM nº 108, de 12 de mayo de 2004).

 

Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.

 

Convocatoria pública para la Concesión de Subvenciones para la creación y fomento del empleo y autoempleo en el municipio de Murcia. Ejercicio 2023, aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha (extracto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 30, martes 7 de febrero de 2023).

 

Servicio de Empleo

Calle Azarbe del Papel, 22

30007 Murcia / 968 200 293

subvenciones.empleo@ayto-murcia.es

www.murciaemplea.es