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Justificación de subvenciones concedidas para Proyectos de Servicios Sociales

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Justificación de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Murcia a personas jurídicas sin ánimo de lucro cuyos proyectos hayan tenido por finalidad la realización actividades de intervención en el ámbito de Servicios Sociales.

Tramitación

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

A solicitud de las Entidades beneficiarias

Requisitos de la solicitud: Haber sido beneficiaria de una subvención en el ejercicio presupuestario anterior, concedida por el Ayuntamiento de Murcia en el ámbito de los Servicios Sociales y Bienestar Social.

Plazo de presentación: El plazo máximo para la presentación de las justificación de las subvenciones concedidas, será de tres meses desde la finalización del periodo de ejecución previsto en el acuerdo de concesión de la subvención.

Unidad tramitadora:

      Servicio de Administración de Bienestar Social.

Órgano de resolución:

      Junta de Gobierno Local o Concejalía delegada con competencias en Servicios Sociales.

  • Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).

  • Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art.125, Ley 39/2015, de 1 de octubre).

  • Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia, de 24 de noviembre de 2022 (BORM de 14 de febrero de 2023).
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
  • Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia.

Objeto del procedimiento: El control y fiscalización en el empleo de los fondos públicos obtenidos mediante subvención para la comprobación y no desviación de los mismos, así como la comprobación de la consecución de los objetivos marcados en el proyecto y finalidad para la que fueron concedidos.

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.