Solicitamos su permiso para obtener datos estadísticos de su navegación en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012. Si continúa navegando consideramos que acepta el uso de cookies.

Subvenciones en concurrencia de proyectos de salud para asociaciones de pacientes

  •   
  •   
  •   

Fechas de inicio y fin de plazo: Desde el 9 de mayo al 29 de mayo de 2025, ambos incluidos.

Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en procedimiento único para realizar proyectos de prevención y promoción de la salud para asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro en materia de Salud.

 

Tramitación

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.

En la Sede Electroníca del Ayuntamiento de Murcia.

En cualquiera de los registros electronicos de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro del ámbito de la salud que trabajen con pacientes del municipio de Murcia.

  • DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR. Junto con la instancia que se formalizará según el modelo de solicitud disponible en “modelos para descargar”, deberá adjuntarse:
  • 1. Proyecto en el que se detallen las actividades que se van a realizar y para las que se solicita subvención. Este proyecto deberá contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos: fundamentación, fines y objetivos, ámbito de actuación y destinatarios, descripción de actividades, metodología y planificación, recursos y evaluación. El proyecto deberá incluir un presupuesto detallado de ingresos y gastos para la actividad con especificación del presupuesto total de la actividad y la cantidad solicitada a subvencionar. Teniendo en cuenta que la justificación de la subvención deberá realizarse en su momento SOBRE EL IMPORTE TOTAL DE LA ACTIVIDAD.

    2. Documento emitido por la entidad bancaria en el que se indique el código de cuenta bancaria IBAN (24 dígitos) de la Entidad solicitante en el que se hará, en su caso, el ingreso de la subvención concedida.

    3. Copia de los estatutos vigentes de la Entidad en los que se acredite que está constituida conforme a su legislación específica y que figura inscrita en el Registro Administrativo que corresponda según su naturaleza.

    4. Certificado electrónico del Secretario/a de la Entidad, con la relación actual de miembros que componen sus órganos de Gobierno y Representación, señalando, cuando proceda, la asamblea en la que se produjo la elección, así como el número total de miembros de la Entidad.

    En el caso de no haber autorizado al Ayuntamiento a consultar los datos, deberá aportarse:

    5. Certificado electrónico positivo vigente de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de Subvenciones.

    6.  Certificado electrónico positivo vigente de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se inicia de oficio por acuerdo de la Junta de Gobierno.

Requiere de solicitud formulada por las entidades.

  • 6 meses desde el acuerdo de inicio para la aprobación de la convocatoria.

Negativo (art. 25.5, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

Órgano Instrucción

Personal técnico del Área de Salud.

Órgano de resolución

Junta de Gobierno Local.

Tipo de alegación o recurso: 

Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.

Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.

Órgano de interposición:

Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución.
Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Plazo de presentación del recurso

Recurso potestativo de reposición: Un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  •  Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de  noviembre, General de Subvenciones.
  • Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia, de 24 de noviembre de 2022 (B.O.R.M. de 14-2-2023).
  • Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
  • Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia para el periodo 2024-2026, ejercicio 2025, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno de 7 de febrero de 2025.
  • Texto de la convocatoria.

Órgano Instrucción

Jefatura de Servicio de Administración de Sanidad

Órgano de resolución

Junta de Gobierno Local.

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.

Para consultas técnicas puede consultar con el Servicio de Salud en los siguientes teléfonos:

  • Teléfono: 968358600.
  • Extensiones: 38430, 38403, 38402.