Declaración responsable previa para la ejecución de obras
La declaración responsable en materia de urbanismo es el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta bajo su responsabilidad a la Administración municipal que cumple los requisitos establecidos en la normativa vigente para realizar los actos de transformación, construcción, edificación o uso del suelo o el subsuelo, que se relacionan en el apartado "Observaciones".
Tramitación
A través de la Sede Eletrónica del Ayuntamiento, las 24 horas del día, todos los días del año, mediante certificado electrónico
A través del Teléfono municipal de Información Ciudadana, 010. y del Centro de Información y Atención Urbanística al Ciudadano (CINATUR) al teléfono 968358610
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro.
Personas físicas y jurídicas
Enlace con la documentación a aportar.
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
El procedimiento se inicia a instancia del interesado mediante la presentación del modelo de declaración responsable de obras normalizado, que determinará su objeto, junto con la documentación requerida.
3,75% del presupuesto de ejecución material.
El pago se realiza a través de la plataforma de la AGENCIA MUNICIPAL TRIBUTARIA, https://sedeamt.murcia.es/302302/AMURCIAAMT/tasas
Rellenamos DNI/NIE/CIF, en ¿Qué quieres pagar?, Municipio/Servicio Gestor URBANISMO, y en Selecciona una tasa, seleccionamos DECLARACIÓN RESPONSABLE DE OBRAS, introduciéndose en Presupuesto Ejecución Material el presupuesto de ejecución material.
Se da a calcular, y existen dos posibilidades, pagar (a través de la plataforma) o imprimir (la carta de pago y pagarla en el banco/cajero)
La declaración responsable legitima para la realización de su objeto desde el día de la presentación de la totalidad de la documentación requerida en el registro general del municipio.
El ayuntamiento dispondrá de quince días hábiles siguientes a la comunicación previa para:
a) Indicar al interesado la necesidad de solicitar licencia o declaración responsable, en su caso.
b) Requerir al interesado la ampliación de la información facilitada, en cuyo caso se interrumpirá el cómputo del plazo, reiniciándose una vez cumplimentado el requerimiento.
Positivo, si la documentación es completa y correcta legalmente.
Unidad tramitadora
Servicio Administrativo de Disciplina Urbanística.
Organo de resolución
Teniente de Alcalde Delegado de Planificación Urbanística, Huerta y Medio Ambiente.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana
- Ordenanza Municipal de Edificación y Uso del Suelo
- Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras
- Ordenanza Municipal sobre Simplificación Administrativa en Materia de Implantación de Actividades y Ejecución de Obras
- Plan General de Ordenación Urbanística
- Bases de Ejecución del Presupuesto
Están sujetos a declaración responsable en materia de urbanismo los siguientes actos:
a) Obras de ampliación, modificación, reforma, rehabilitación o demolición sobre edificios existentes cuando no produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, la envolvente total o el conjunto del sistema estructural, o cuando no tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
b) Renovación de instalaciones en las construcciones.
c) Primera ocupación de edificaciones de nueva planta y sucesivas ocupaciones en edificios existentes.
d) La colocación de carteles y vallas publicitarias visibles desde la vía pública.
e) Instalación de redes energéticas y de comunicaciones.
f) El cerramiento de fincas.
g) Los usos y obras de carácter provisional a que se refiere la presente ley.
h) Los descritos en el artículo 263 cuando por su escasa relevancia no se encuentren sometidos a licencia urbanística pero requieran dirección facultativa.
En todo caso, y de conformidad a la legislación básica estatal, se sujetará a este régimen la realización de obras de acondicionamiento de los locales para desempeñar actividades de comercio minorista y de prestación de servicios cuando no requieran la presentación de un proyecto de obra.
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Centro de Información y Atención Urbanística al Ciudadano al teléfono 968358610 o al Teléfono de Información Ciudadana, 010.