Subvenciones nominativas para la realización de Proyectos de Salud
Concesión de subvenciones de carácter nominativo concedidas a Entidades sin ánimo de lucro en materia de Salud que tengan por finalidad la realización de proyectos o actividades de intervención en el ambito de población en materia de salud.
Para acceder a este tipo de subvención, las entidades solicitantes han de estar incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones anual correspondiente al presupuesto municipal vigente.
Tramitación
Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR".
A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.
En la Sede Electroníca del Ayuntamiento de Muricia.
En cualquiera de los registros electronicos de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la salud.
DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR. Junto con la instancia que se formalizará según el modelo de solicitud disponible en “modelos para descargar”, deberá adjuntarse:
1. Proyecto en el que se detallen las actividades que se van a realizar y para las que se solicita subvención. Este proyecto deberá contemplar, como mínimo, los siguientes aspectos: fundamentación, fines y objetivos, ámbito de actuación y destinatarios, descripción de actividades, metodología y planificación, recursos y evaluación. El proyecto deberá incluir un presupuesto detallado de ingresos y gastos para la actividad con especificación del presupuesto total de la actividad y la cantidad solicitada a subvencionar. Teniendo en cuenta que la justificación de la subvención deberá realizarse en su momento SOBRE EL IMPORTE TOTAL DE LA ACTIVIDAD.
2. Documento emitido por la entidad bancaria en el que se indique el código de cuenta bancaria IBAN (24 dígitos) de la Entidad solicitante en el que se hará, en su caso, el ingreso de la subvención concedida.
3. Copia de los estatutos vigentes de la Entidad en los que se acredite que está constituida conforme a su legislación específica y que figura inscrita en el Registro Administrativo que corresponda según su naturaleza.
4. Certificado electrónico del Secretario/a de la Entidad, con la relación actual de miembros que componen sus órganos de Gobierno y Representación, señalando, cuando proceda, la asamblea en la que se produjo la elección, así como el número total de miembros de la Entidad.
En el caso de no haber autorizado al Ayuntamiento a consultar los datos, deberá aportarse:
5. Certificado electrónico positivo vigente de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria a efectos de Subvenciones.
6. Certificado electrónico positivo vigente de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.
Para consultas técnicas puede consultar con el Servicio de Salud en los siguientes teléfonos:
- Teléfono: 968358600.
- Extensiones: 38316, 38311,38402.
Gratuito.
Tres meses desde la presentación de la solicitud.
Negativo (art. 25.5, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
Órgano Instrucción
Personal técnico del Área de Salud.
Órgano de resolución
Concejalía de Bienestar Social, Familia y Salud, por delegación de la Junta de Gobierno, mediante acuerdo de 23 de junio de 2023.
Tipo de alegación o recurso:
Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.
Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.
Órgano de interposición:
Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución.
Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Plazo de presentación del recurso
Recurso potestativo de reposición: Un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia, de 24 de noviembre de 2022 (B.O.R.M. de 14-2-2023).
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia para el periodo 2024-2026, ejercicio 2025, aprobado por acuerdo de Junta de Gobierno de 7 de febrero de 2025.
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Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.
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Para consultas técnicas puede consultar con el Servicio de Salud en los siguientes teléfonos:
- Teléfono: 968358600.
- Extensiones: 38430, 38403, 38402.