Escuelas infantiles Corresponsables 2024
Servicio de Conciliación Corresponsables:
Servicio de Cuidado Profesional para niños y niñas de 0 a 3 años tardes y sábados 2024.
- Desde el día 30 de septiembre al 20 de diciembre 2024
Aulas:
- AULA de 0 a 1 años
- AULA de 1 a 2 años
- AULA de 2 a 3 años
Horario tardes: de 16:30h a 19:00h.
Horario sábados: de 9:00h a 13:00h.
Servicio de merienda y almuerzo a medio día opcional y gratuito.
En las dependencias de la "Escuela Murciana de Primera Infancia" (EMPI)
Calle Morera 21, 30012, Murcia. Telf: 678653310 / 868910951
Tramitación
Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Todas las familias residentes en el municipio de Murcia, con menores de 0 a 3 años a su cargo.
Asimismo, y con carácter prioritario, los servicios descritos en las presentes bases, irán destinados a familias que reúnan los siguientes requisitos:
FAMILIAS PRIORITARIAS |
Víctima de violencia de género u otras forma de violencia contra la mujer |
Familias monoparentales. (En el supuesto de progenitores/as separadas legalmente o divorciadas, si la menor o el menor perciben una pensión de alimentos por parte del profenitor/a no solicitante, no se tendrá en cuenta esta situación familiar como prioritaria para percibir la prestación del servicio) |
Mujeres en situación de desempleo de larga duración |
Mujeres mayores de 45 años |
Unidades familiares en las que existan otras cargas relacionadas con los cuidados |
Todas las familias deberán presentar libro de familia y nivel de renta.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA que deben acompañar a la Solicitud, todas las familias:
1. Solicitud conforme a modelo normalizado debidamente cumplimentada (en modelos para descarga).
2. Libro de familia o partida de nacimiento de aquellas/os menores para quienes se solicita el servicio.
3. Nivel de renta.
DOCUMENTACIÓN PARA FAMILIAS CON CARÁCTER PRIORITARIO:
FAMILIAS PRIORITARIAS | DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA |
Víctima de violencia de género u otras forma de violencia contra la mujer |
- Sentencia judicial de tutela, guarda o acogimiento de la menor o el menor para quien se solicita el servicio. - Para acreditar la situación de víctima de violencia de género u otra forma de violencia contra la mujer se aportará cualquiera de los documentos previstos en el artículo 23 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de Género. (sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, informe de los servicios sociales o de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género). |
Familias monoparentales. (En el supuesto de progenitores/as separadas legalmente o divorciadas, si la menor o el menor perciben una pensión de alimentos por parte del profenitor/a no solicitante, no se tendrá en cuenta esta situación familiar como prioritaria para percibir la prestación del servicio) |
- Libro de Familia o partida de nacimiento del menor o la menor para quien se solicita el servicio. - Sentencia de divorcio o convenio regulador. - Documentación acreditativa de que el progenitor o la progenitora no solicitante incumple el pago de la pensión correspondiente. |
Mujeres en situación de desempleo de larga duración | Informe de antigüedad como demandante de empleo al SEF |
Mujeres mayores de 45 años | DNI |
Unidades familiares en las que existan otras cargas relacionadas con los cuidados | Certificado de dependencia emitido por el IMAS de aquellas personas que conviven con la familia solicitante |
A solicitud de las familias interesadas.
1. A través SEDE ELECTRÓNICA del Ayuntamiento de Murcia
2. O personalmente a través de las Oficinas de Registro Municipal.
Si desea realizar la solicitud personalmente puede solicitar cita previa llamando al 010 para Registro Municipal donde le informarán también de la oficina mas cercana.
Servicio totalmente GRATUITO.
Antes del Inicio de la prestación del servicio Conciliación Sábados Corresponsables en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia.
Si en el plazo de UN MES desde la solicitud del servicio no se ha producido la resolución expresa y notificado de la misma, se entenderá desestimada la petición por silencio administrativo.
Unidad Tramitadora
Servicio de Igualdad y Atención a la Violencia de Género.Concejalía de La Mujer, Políticas de la Conciliación, Mayores y Discapacidad.
Órgano de resolución
La resolución corresponderá a la Concejalía que tenga atribuidas las competencias en Igualdad: Concejalía de La Mujer, Políticas de la Conciliación, Mayores y Discapacidad.
- Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
- Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art. 125, Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- Contra la resolución, expresa o presunta, de recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.
-
Ley 7/85 de Bases de Régimen Local
-
Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
-
Ley 7/2007, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia.
-
Decreto nº 406/2023, que establecen las normas reguladoras de subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables.
-
Programa Municipal Corresponsables 2024-2025.
-
Bases reguladoras del Programa Municipal Corresponsables 2024 del Ayuntamiento de Murcia, en el marco del Decreto nº 406/2023.
Se realizará una solicitud por familia y servicio, incluyendo a todos los/las menores de la unidad familiar que necesiten el servicio.
La familia deberá realizar la solicitud en el plazo previsto (Se informará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia).
Una vez concedido el servicio, si la familia no precisa dicho servicio tiene el deber de comunicar o avisar al menos 48 horas antes de la fecha de inicio del servicio solicitado.
Se deberá realizar el trámite a través de la sede electrónica en el apartado "Escrito de subsanación y mejora de la solicitud" desde el siguiente enlace:
https://sede.murcia.es/ficha-procedimiento?idioma=es&id=221
La concesión del servicio podrá ser revocada por los siguientes motivos:
-
Por ausencia alterna o continuada de 2 días injustificadamente.
-
Falta de asistencia de los/las menores de manera reiterada.
¿Cómo realizo la solicitud?
Hay 2 procedimientos para realizar la solicitud:
1. A través del procedimiento abierto de esta SEDE ELECTRÓNICA del Ayuntamiento de Murcia.
2. Personalmente a través de las Oficinas de Registro Municipal y se acompañará de la documentación requerida.
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud deberá consultar el TABLÓN DE ANUNCIOS dentro de esta Sede Electrónica.
Servicio de Igualdad y Atención a la Violencia de Género.