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Solicitud de baja de autorización municipal de venta ambulante en mercados semanales

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Durante la vigencia de la autorización el titular podrá solicitar la renuncia voluntaria a la misma.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Interesados que dispongan de autorización municipal vigente para el ejercicio de la venta ambulante en los mercados semanales de Murcia y pedanías. 

Tarjeta de Autorización Municipal original expedida por el Servicio (deberá entregarse en el Servicio de Comercio, Consumo, Mercados y Plazas de Abastos, sito en Plaza de Europa, s/n. Bajo. 30001. Murcia.)

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Solicitud de baja en modelo normalizado, presentada por el interesado en el Registro General del Ayuntamiento de Murcia o en cualquiera de las oficinas de información habilitadas al efecto, o mediante tramitación por Sede Electrónica.

Unidad tramitadora

Servicio de Comercio, Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.

Órgano de resolución

Servicio de Comercio, Consumo, Mercados y Plazas de Abastos.

  • Ley 3/2014, de 2 de Julio, de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • Ordenanza Municipal reguladora de la Venta Ambulante en el Término Municipal de Murcia, de 2 de febrero de 2011.

Objeto del procedimiento

Estimar la solicitud de baja en la titularidad de las autorizaciones concedidas para el ejercicio de la venta ambulante.

 

Requisitos de solicitud

Disponer de autorización municipal previa para el ejercicio de la venta ambulante en los mercados semanales de Murcia y pedanías.