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Devolución de fianza de residuos

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Los promotores de obras con título habilitante podrán solicitar la devolución de la fianza constituida para responder del depósito de escombros en vertedero autorizado.

Tramitación

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

A través del Teléfono del Centro de Información y Atención Urbanística al Ciudadano 968.35.86.10

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Modelo normalizado de solicitud de Devolución de Fianza para responder del depósito de escombros en vertedero autorizado, acompañado de la siguiente documentación:

  • Certificado de gestión de residuos (obligatorio)
  • Licencia de obras (opcional)
  • Plano de situación (opcional)
  • Justificante de entrada en registro Modelo 110 de comunicación de datos bancarios a Tesorería (requerido para personas jurídicas si la fianza se ha depositado en metálico)
  • Certificado de titularidad cuenta actualizada emitida por la entidad bancaria (requerido para personas físicas si la fianza se ha depositado en metálico)

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria. 

Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por existencia de defectos formales o materiales.

Tres meses (art. 21.3 Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Positivo (art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Unidad tramitadora

Servicio Administrativo de Disciplina Urbanística

 

Órgano de resolución

Teniente Alcalde Delegado de Planificación Urbanística, Huerta y Medio Ambiente.

Recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de recepción de la notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Adminsitrativo de Murcia.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
  • Ordenanza Municipal de Edificación y Uso del Suelo.

Objeto del procedimiento:

Devolución de la garantía constituida por los promotores de obras sujetas a título habilitante, para responder del depósito de escombros en vertedero autorizado.

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Centro de Información y Atención Urbanística al Ciudadano (CINATUR) 968.35.86.10