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XXXII Concurso de Proyectos Empresariales

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El Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia convoca el XXXII Concurso de Proyectos Empresariales con el objetivo de ayudar y motivar a personas en emprendimiento y a los emprendedores y las emprendedoras murcianas que han iniciado un negocio, favoreciendo la consolidación de las empresas constituídas en el último año y la creación de nuevas empresas para la reactivación la economía y el empleo.

Tramitación

Las solicitudes para la participación en el Concurso se presentarán en sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021en la pestaña EMPRESAS Y AUTÓNOMOS, por todas las personas físicas o jurídicas participantes que cumplan los requisitos de la Base Segunda y que estén constituidas como autónomos o sociedades a fecha 20 de mayo de 2024.

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.

En caso de no tener Certificado Digital, se debe Solicitar Certificado en Sede (fnmt.gob.es) y formalizar por sede electrónica. 

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010

Cita y consultas con un Agente de Empleo y Desarrollo Local, agentesdesarrollo@ayto-murcia.es Teléfono: 968 200 293

Hay que atenerse al canal electrónico en https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021 en la pestaña de EMPRESAS Y AUTÓNOMOS. 

 

Plazo de solicitud: hasta el 20/05/2024 (incluído).

Aténganse a lo dispuesto en las Bases (leerlas atentamente).

Dispone detalladamente de la Documentación a Presentar.

Se adjunta un Modelo de Plan de Empresa

Atención a cumplimentar correctamente la Solicitud y Declaraciones Responsables, firmar electrónicamente.

En caso de Comunidad de Bienes, deben de cumplimentar las dos Declaraciones Responsables, la de la Comunidad y la Declaración Responsable individual, a los efectos previstos en el artículo 13 apartado 7 de la Ley 38/2003.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Por el interesado dentro de plazo, El plazo de presentación de solicitudes, se inicia el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, tras su aprobación por la Junta de Gobierno Municipal y finaliza el 20 de mayo de 2024.

Las solicitud y documentos a aportar, para la participación en el Concurso se presentará en sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia https://sede.murcia.es https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021 en la pestaña de EMPRESAS Y AUTÓNOMOS. Obligatoriamente, todas las personas participantes, constituidas como empresario individual o sociedades, deberán hacerlo por sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia www.sede.murcia.es, todas las personas físicas o jurídicas participantes que cumplan los requisitos de la Base Segunda y que estén constituidas como autónomos o sociedades a fecha 20 de mayo de 2024. Enlace para obtener el Certificado Digital, encaso de no disponer del mismoSolicitar Certificado - Sede (fnmt.gob.es).

Junto a la solicitud deben adjuntarse los datos y la documentación que se relaciona en la Base Cuarta, así como las indicadas en la sede electrónica:

  • Nombre, dirección, teléfono y correo electrónico de la persona solicitante.
  • Copia del NIF del solicitante y, en su caso, de los socios participantes que formen parte del proyecto y por tanto comparten el premio, dirección, teléfono y correo electrónico de la persona representante y de las personas socias.
  • Documentación justificativa de actividad.
  • En el caso de proyectos con domicilio fiscal en otros municipios, pero con centro de trabajo abierto en el municipio de Murcia, debe adjuntar la LICENCIA DE ACTIVIDAD, contrato de trabajadores de alta y certificado de alta en la SS de las personas contratadas.

- Copia de la Escritura o documento de constitución y los estatutos en los que consten las normas por las que se regula su actividad.

- Certificado de situación censal emitido por la Agencia Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad.

- Documentación que acredite el alta en el régimen de seguridad social que corresponda.

En caso de personas físicas:

- Certificado de situación censal emitido por la Agencia Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad y/o copia del alta en Declaración censal, Modelos 036 o 037.

- Documentación que acredite el alta en el régimen de seguridad social que corresponda.

En caso de personas jurídicas (Microempresas):

- Copia de la Escritura o documento de constitución y los estatutos en los que consten las normas por las que se regula su actividad.

- Certificado de situación censal emitido por la Agencia Tributaria, con el fin de verificar la fecha de inicio de actividad.

- Documentación que acredite el alta en el régimen de seguridad social que corresponda.

 

  • Declaración Responsable de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
  • Certificado bancario donde conste el código IBAN y los titulares de la cuenta.

  • Certificados acreditativos de no tener deudas u obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) ni con el Ayuntamiento de Murcia (AMT)

  • Plan de Empresa en el que, al menos, se incluirá el contenido desglosado en la Base Cuarta de la convocatoria del concurso

  • Vídeo con una duración máxima de 60 segundos de presentación de la Empresa o del Proyecto Empresarial, en su caso. El mismo deberá ser presentado siguiendo las instrucciones que se hagan constar en el procedimiento de sede electrónica. La presentación de un video de duración superior a la establecida, supondrá la exclusión de la presente Convocatoria del Concurso de proyectos Empresariales.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. 

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. Artículo 29 de la Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia.

El órgano competente es la Junta de Gobierno conforme a la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Artículo 127 g).

Las decisiones del Jurado serán inapelables. Contra el acuerdo de Resolución de Junta de Gobierno que ponga fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación o notificación individualizada, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 29/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. 

Bases de ejecución del presupuesto vigente a la fecha del Ayuntamiento de Murcia.

  • Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.        
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ordenanza General de Subvenciones y premios del Ayuntamiento de Murcia (Publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. n.º 36, de 14 de febrero  de 2023).
  • Convocatoria del XXXII Concurso de Proyectos Empresariales 

Podrán participar en este Concurso de conformidad con la Base Segunda de la Convocatoria, las personas físicas, individualmente o en grupo, que estén domiciliadas en el Municipio de Murcia, con un negocio iniciado, dados de alta como autónomos, y que hayan iniciado su actividad a partir del 1 de enero de 2023; o con un proyecto en proceso de desarrollo y que vayan a constituir y dar de alta, en IAE y TGSS, hasta el día 20 de mayo de 2024 incluido.

Así mismo podrán participar la personas jurídicas (microempresas) que estén domiciliadas en el Municipio de Murcia y constituidas a partir del 1 de enero de 2023, o con un proyecto en proceso de desarrollo y que se vaya a constituir y dar de alta, en IAE y TGSS, hasta el día 20 de mayo de 2024 incluido.

Los proyectos deberán reunir los requisitos siguientes:

La fecha de inicio de la actividad no podrá ser anterior al 1 de enero de 2023.

  • Los proyectos e ideas empresariales en desarrollo que se presenten a este concurso, deberán estar constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
  • Los Proyectos Empresariales participantes deberán estar domiciliados y ser desarrollados en el municipio de Murcia, por lo que las altas en el IAE y TGSS deberán realizarse en dicho municipio. No obstante, también se admitirán aquellos que, teniendo el domicilio y las altas mencionadas en otro municipio, cuenten con centro de trabajo con licencia de actividad, y al menos 1 trabajador, en el municipio de Murcia.
  • Podrán referirse a cualquier tipo de sector o actividad económica.
  • Quedan excluidos los proyectos ya premiados en ediciones anteriores de este Concurso de Proyectos Empresariales convocados por el Ayuntamiento de Murcia.
  • No tener deudas u obligaciones pendientes con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), la Agencia Estatal Tributaria (AEAT), y el Ayuntamiento de Murcia (AMT) (Certificado de no deudas con la Hacienda Local).
  • Tener la consideración de Microempresa

Consultar el siguiente archivo de preguntas frecuentes

 

Servicio de Promoción Economica. 

  • Calle Azarbe del Papel, 22 30007 Murcia
  • Telefono  968 200 293
  • agentesdesarrollo@ayto-murcia.es   

Cita previa y consultas con un Agente de Empleo y Desarrollo Local, agentesdesarrollo@ayto-murcia.es Teléfono: 968200293

En el correo, poner en ASUNTO: XXXII CPE