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Justificación Subvención Alquiler Vivienda Habitual

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El objeto de los presentes subvenciones en materia de arrendamiento temporal de vivienda es a facilitar la permanencia en régimen de alquiler en el municipio de Murcia, a unidades familiares con escasos medios económicos.

Una vez notificada la resolución, deberá realizarse la justificación como sigue:

1) La justificación de la subvención concedida deberá realizarse mediante la presentación de la justificación dentro del plazo establecido en la resolución  e incluirá la acreditación del pago de la renta del alquiler para los meses subvencionados.

2) A dicha solicitud habrán de adjuntarse los justificantes correspondientes al pago del arrendamiento

    A. Cuando el pago del alquiler se satisfaga mediante transferencia bancaria, la persona beneficiaria deberá aportar los justificantes de las transferencias realizadas.

    B. Cuando el pago del alquiler se efectúe mediante el cargo de recibos domiciliados, la persona beneficiaria tendrá que aportar copia de los recibos bancarios que se hayan cobrado.

    C. Si el pago se produce mediante ingreso bancario, se aportarán los comprobantes del ingreso bancario como justificantes de pago de los meses correspondientes.

    D. Cuando el pago del alquiler se satisfaga en efectivo, en importe de hasta 300 €, conforme a las bases de ejecución del presupuesto municipal se admitirán recibos: si el arrendador es una mercantil, deberá constar necesariamente el sello de la empresa; en caso de ser un particular, deberá constar el DNI y firma del particular. 3) En los justificantes de pago deberán constar como mínimo: el importe del alquiler, la mensualidad a la que corresponde (mes y año), la identidad y DNI de la/s persona/s arrendataria/s y arrendadora/s del contrato, y el código de cuenta donde se satisface el alquiler (excepto en caso de pago en metálico).

4) La no justificación del pago de alguna mensualidad conforme a lo anterior conllevará la pérdida de la subvención correspondiente a la mensualidad no justificada.

Tramitación

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

 

Personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

1) Ser persona física, mayor de edad, no incapacitada judicialmente y acreditar la titularidad de un contrato de arrendamiento en el momento de la solicitud, de una vivienda ubicada en el término municipal de Murcia. Sólo se podrá presentar una solicitud por vivienda en régimen de alquiler.

2) La persona beneficiaria debe tener nacionalidad española o, en caso de extranjeros comunitarios y no comunitarios, tener residencia legal en España.

3) La totalidad de las personas de la unidad familiar, deberán estar inscritas, en la misma vivienda objeto de la subvención, en el Padrón de Habitantes del municipio de Murcia. No podrán figurar empadronadas en el domicilio, personas que no compongan la unidad familiar, a excepción de propietarios del inmueble; anteriores inquilinos o cónyuge del arrendatario, en caso de encontrarse en proceso de separación o divorcio. A efectos de justificar el empadronamiento se estará a lo contemplado en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal y demás normativa de aplicación.

4) La persona beneficiaria y titular del contrato de arrendamiento tiene que estar empadronada en el municipio de Murcia durante un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud. Las víctimas de violencia de género estarán exoneradas de este requisito.

5) Tener ingresos anuales ponderados comprendidos entre el 0,5 y 2,5 veces el IPREM, referidos a toda la unidad familiar, en el año anterior a la convocatoria.

6) Acreditar que la renta de alquiler en cómputo anual se sitúa entre el 25% y el 75% de los ingresos ponderados de la unidad familiar.

7) La persona beneficiaria tiene que estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con el Ayuntamiento de Murcia y frente a la Seguridad Social.

8) Para ser considerada víctima de violencia de género, a efectos de esta subvención, deberá reunir los siguientes requisitos:

    - Acreditación de ser víctima de violencia de género.

    - No convivir con el agresor. En el caso de estar empadronado en el domicilio deberá solicitar la baja en el padrón.

9) Facilitar el número de IBAN -cuenta bancaria- en la que, en caso de resultar beneficiario, deberá efectuarse el ingreso de la subvención.

10) Todos los requisitos deberán cumplirse en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo subvencionable.

1) Modelo de  justificación de subvención al alquiler de vivienda habitual.

2) Justificantes correspondientes al pago del arrendamiento:

    A. Cuando el pago del alquiler se satisfaga mediante transferencia bancaria, la persona beneficiaria deberá aportar los justificantes de las transferencias realizadas.

    B. Cuando el pago del alquiler se efectúe mediante el cargo de recibos domiciliados, la persona beneficiaria tendrá que aportar copia de los recibos bancarios que se hayan cobrado.

    C. Si el pago se produce mediante ingreso bancario, se aportarán los comprobantes del ingreso bancario como justificantes de pago de los meses correspondientes.

    D. Cuando el pago del alquiler se satisfaga en efectivo, en importe de hasta 300 €, conforme a las bases de ejecución del presupuesto municipal se admitirán recibos: si el arrendador es una mercantil, deberá constar necesariamente el sello de la empresa; en caso de ser un particular, deberá constar el DNI y firma del particular. 3) En los justificantes de pago deberán constar como mínimo: el importe del alquiler, la mensualidad a la que corresponde (mes y año), la identidad y DNI de la/s persona/s arrendataria/s y arrendadora/s del contrato, y el código de cuenta donde se satisface el alquiler (excepto en caso de pago en metálico)

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio

Órgano Tramitador:

Servicio Municipal de Vivienda.

Órgano que resuelve:

Concejal Delegado con competencias en aprobación de justificaciones.

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Art. 22.2.c
  • Ordenanza Reguladora de las subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportiva, docentes, juveniles, sanitarias, medio ambiente, de cooperación, participación vecinal, consumo, servicios sociales y otras, del Ayuntamiento de Murcia (BORM n.º 108 de 12 de mayo de 2004)
  • Bases de Ejecución del Presupuesto vigentes.
  • Plan estratégico de subvenciones 2021-2023. Y sus modificaciones.
  • Acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 1 de abril de 2022, por la que se aprueban los criterios de concesión directa de subvenciones al alquiler de vivienda habitual en el municipio de Murcia, para el ejercicio 2022.

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.