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Solicitud Programa Corresponsables

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BOLSA DE CUIDADO PROFESIONAL DEL PROGRAMA MUNICIPAL CORRESPONSABLES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA.

Procedimiento de acceso de las familias con hijas e hijos hasta 12 años residentes en el municipio de Murcia hasta el 30 de junio de 2023.

 

Canguros a Domicilio: Cuidado Profesional en domicilios a menores de 0 a 6 años.

 

Red de ludotecas y espacios públicos educativos municipales de ocio y tiempo libre (Coles Abiertos): Cuidado Profesional en dependencias municipales habilitadas, para menores de 6 a 12 años en horario no escolar en días laborables, basado en el juego. (Se incluyen los días laborables de Semana Santa y Fiestas de Primavera)

Servicio de Escuelas Infantiles en periodos no lectivos en días no festivos (Semana Santa y Fiestas de Primavera): Cuidado Profesional en dependencias habilitadas durante periodos no lectivos durante los días laborables para menores de 0 a 3 años.

Las o los menores para quienes se solicite el servicio no podrán requerir cuidados especiales que excedan la capacidad del servicio (Según valoración del equipo técnico municipal)

Tramitación

 

Todas las familias con menores hasta 12 años a su cargo residentes en el Municipio de Murcia, y con caracter prioritario las familias que reúnan los siguientes requisitos:

Familias de mujeres víctimas de violencia de género u otras formas de violencia contra la mujer.

Familias monomarentales o monoparentales.

Familias de mujeres en situación de desempleo de larga duración que deseen formarse o buscar empleo.

Familias de mujeres mayores de 45 años y familias con otras responsabilidades a cargo.

Familias que tengan un nivel de renta que no supere el IPREM.

Familias numerosas.

Familias que viven en zonas de desplobamiento (residencia en zonas diseminadas o alejadas de los núcleos urbanos)

Familias migrantes.

En los baremos de puntuación de Situación Familiar y Necesidad del Servicio, únicamente se valorarán aquellos que estén debidamente justificados por las personas solicitantes, no teniéndose en cuenta ninguno que no haya sido acreditado documental y fehacientemente con la presentación de la solicitud (Artículo 7 de las Bases Reguladoras).

Documentación que deben acompañar a la Solicitud:

  • DNI, NIE o PASAPORTE De quien realice la solicitud.
  • Libro de Familia o partida de nacimiento del menor o la menor para quien se solicita el servicio.
  • Sentecia judicial de tutela, guarda o acogimiento de la menor o el menor para quien se solicita el servicio.
  • Título de Familia Numerosa.
  • Informe de antigüedad como demandante de empleo Sef.
  • Certificado de dependencia emitido por el IMAS de aquellas personas que conviven con la familia solicitante.
  • Autorización al Ayuntamiento de Murcia para recabar datos de todos los miembros de la unidad familiar en relación a:

          .- Informe de pensiones o prestaciones al INSS.

          .- Informe de antigüedad como demandante de empleo al Sef.

          .- Informe de prestaciones al SEPE.

          .- Informe de pensiones o prestaciones al IMAS.

En caso de no prestar esta autorización es obligatoria la presentación de los documentos a los que se refiere la autorización.

  • En el supuesto de realización de actividad laboral: Última Nómina

Para acreditar la situación de la víctima de violencia de género u otra forma de violencia contra la mujer:

  • Sentencia condenatoria, orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautela a favor de la víctima, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género, informe de los servicios sociales o de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Publica competente destinados a las víctimas de violencia de género.

Documentación necesaria para justificar la necesidad del servicio:

  • Para Consulta médica de la persona solicitante u otra persona a su cargo: Documento de Cita Médica.
  • Para Realización de gestión administrativa: Documento de Cita Previa.
  • Para Asistencia a curso de Formación para el empleo: Documento de matrícula o admisión en el que se incluyan las fechas y horario.
  • Para Asistencia a curso de reciclaje Profesional: Documento de matricula o admisión al curso que incluya fechas y horario.
  • Para Asistencia a entrevista de trabajo: Documento de citación a entrevista.
  • Para Asistencia al puesto de trabajo: Cuadrante, Planilla o Documento acreditativo de horario laboral.

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Todos los servicios incluidos en la BOLSA DE CUIDADO PROFESIONAL DEL PROGRAMA MUNICIPAL CORRESPONSABLES DEL AYUNTAMIENTO DE MURCIA

son totalmente GRATUITOS para todas las familias.

La resolución concediendo o denegando el servicio se adoptará por Decreto de la Concejalía de Igualdad, Juventud y Cooperación al Desarrollo.

 

Dicha resolución será notificada mediante publicación en SEDE ELECTRÓNICA del Ayuntamiento de Murcia, siendo el plazo máximo de notificación del acuerdo por el que se conceda o deniegue el servicio de UN MES desde su solicitud. Transcurrido dicho plazo sin que se haya producido la resolución expresa y notificado de la misma, se podrá entender desestimada la petición por silencio administrativo.

 

Contra la resolución que se adopte, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir de la notificación de la resolución.
Si la resolución no es expresa, en cualquier momento a partir del siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.


Cuando la resolución fuese favorable, pero por razones de falta de disponibilidad, no fuese posible la prestación del servicio, se elaborará una Lista de Espera.

Si en el plazo de UN MES desde la solicitud del servicio no se ha producido la resolución expresa y notificado de la misma, se entenderá desestimada la petición por silencio administrativo.

Unidad Tramitadora

Servicio de Igualdad y Atención a la Violencia de Género.

Órgano de resolución

La resolución corresponderá a la Concejalía que tenga atribuidas las competencias en Igualdad.

  • Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).
  • Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art. 125, Ley 39/2015, de 1 de octubre)
  • Contra la resolución, expresa o presunta, de recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.

  • Ley 7/85 de Bases de Régimen Local
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 7/2007, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protección contra la Violencia de Género en la Región de Murcia.
  • Decreto nº 56/2022, que establecen las normas reguladoras de subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Región de Murcia para el desarrollo de actuaciones incluidas en el Plan Corresponsables.
  • Programa Municipal Corresponsables, del Ayuntamiento de Murcia.
  • Bases Reguladoras de la Bolsa de Cuidado Profesional del Programa Municipal Corresponsables.

La Solicitud se realizará a través del procedimiento abierto de esta SEDE ELECTRÓNICA del Ayuntamiento de Murcia o personalmente a través de las Oficinas de Registro Municipal o Ventanilla Única y se acompañará de la documentación requerida:

Se realizará una única solicitud por familia, incluyendo el servicio o servicios para todos los/las menores de la unidad familiar que se necesiten.

Se podrán renovar y realizar tantas solicitudes como sean necesarias hasta finalización del programa.

Canguros a Domicilio:

  • Solicitud: Se realizará con una antelación mínima de 14 días naturales antes de la necesidad del servicio, para un período máximo de 20 días hábiles.
  • Sólo excepcionalmente, con una antelación de 24 horas, se podrán atender situaciones de urgencia sobrevenida a la familia que requieran del servicio o una ampliación de las horas del mismo por una única vez.
  • Para menores de 0 a 6 años.

Red de Ludotecas y Espacios públicos educativos municipales de ocio y tiempo libre (Coles Abiertos):

  • Solicitud: Se realizará con una antelación mínima de 14 días naturales antes de la necesidad del servicio, para un período máximo de 20 días hábiles.
  • Sólo excepcionalmente, con una antelación de 24 horas, se podrán atender situaciones de urgencia sobrevenida a la familia que requieran del servicio o una ampliación de las horas del mismo por una única vez.
  • Para menores de 6 a 12 años

Servicio de Escuelas Infantiles en periodos no lectivos (Semana Santa y Fiestas de Primavera):

  • Solicitud: Se realizará del 13 al 19 de marzo (ambos inclusive).
  • Para menores de 0 a 3 años.
  • Si se solicita servicio de comedor el horario será de 08'30 a 16'00 horas. En el caso de NO Solicitar servicio comedor el horario será de 08'30 a 12'30 horas.
  • Será necesario acreditar que los y las menores para quienes se solicita este servicio asisten de manera habitual a una Escuela Infantil Pública o Privada.

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consultar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien al Servicio de Igualdad y Atención a la Violencia de Género - Plan Corresponsables llamar al Teléfono de Información 968 35 86 00 Extensión 35837, 35824 y 35836 o vía email: corresponsables@ayto-murcia.es