Adquisiciones de Bienes y Derechos por la Entidad Local
Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Las adquisiciones de bienes y derechos por las Administraciones Públicas, con fondos públicos, previo cumplimiento de los requisitos legales con la finalidad de destinarlos al cumplimiento de los intereses municipales en beneficio de los habitantes.
Tramitación
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas físicas o Entidades Jurídicas.
Solicitud de parte o de oficio.
El plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa es de tres meses (art. 21 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Unidad tramitadora
Servicio de Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.
Órgano de resolución
Junta de Gobierno Local.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes si el acto fuera expreso.
Si el acto no fuera expreso, el solicitante u otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa especifica.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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Ley 33/2003 de noviembre, Ley del Patrimonio de las Administraciones Publicas (LPAP).
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Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las Entidades Locales (RBEL).
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Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL).
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Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local (TRRL).
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Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
Objeto del procedimiento
La adquisición de bienes y derechos a titulo oneroso puede realizarse mediante concurso público o contratación directa en los supuestos legalmente establecidos.
Normativa aplicable: Art. 15,107, 116 LPAP (aplicación general) Art. 10 y 11 RBEL y LCSP.
Requisitos de solicitud
Por iniciativa de la propia Administración.