Estudios de Detalle
Instrumentos que podrán formularse cuando fuere preciso completar o, en su caso, adaptar determinaciones establecidas en los Planes Generales para el suelo urbano y urbanizable ordenado directamente y en los Planes Parciales y Especiales, según art. 139.1 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
Tramitación
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Personas físicas o Entidades Jurídicas.
Art. 144 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Gratuito.
Dos meses para acordar la Aprobación Inicial y seis para la Definitiva (habiendo el promotor realizado todos los trámites asociados a la información pública) desde la presentación de la documentación completa en el registro municipal.
Silencio administrativo positivo.
Positivo. Art. 169.2 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
Unidad tramitadora
Servicio Administrativo de Planeamiento.
Órgano de resolución
Junta de Gobierno/Pleno.
Tipo de alegación o recurso
Recurso potestativo de reposición / Recurso contencioso-administrativo.
Órgano de interposición
Ante el mismo órgano / Ante la Jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Un mes, art. 124 Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas / Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto, art. 46 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, Título VII.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, Título II.
- Real Decreto 2159/1978, Reglamento de Planeamiento, para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, Títulos IV, V, VI.
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, Título II.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Títulos II, III y IV.
- Cualesquiera otra legislación sectorial aplicable.
Objeto del procedimiento
Adaptar y reajustar las alineaciones y rasantes señaladas en el planeamiento, la ordenación de los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del planeamiento, pudiendo crearse vías interiores, según art. 139.2 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
Requisitos de solicitud
Documentación completa según art. 144 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia en soporte digital, legitimación según art. 147 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia y representación -en caso que fuera necesario-.