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Estudios de Detalle

Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

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Instancia General

Instrumentos que podrán formularse cuando fuere preciso completar o, en su caso, adaptar determinaciones establecidas en los Planes Generales para el suelo urbano y urbanizable ordenado directamente y en los Planes Parciales y Especiales, según art. 139.1 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

Tramitación

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

 

Personas físicas o Entidades Jurídicas.

Art. 144 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.

Dos meses para acordar la Aprobación Inicial y seis para la Definitiva (habiendo el promotor realizado todos los trámites asociados a la información pública) desde la presentación de la documentación completa en el registro municipal.
Silencio administrativo positivo.

Positivo. Art. 169.2 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

Unidad tramitadora    

Servicio Administrativo de Planeamiento.

 

Órgano de resolución    

Junta de Gobierno/Pleno.

Tipo de alegación o recurso    

Recurso potestativo de reposición / Recurso contencioso-administrativo.  

 

Órgano de interposición    

Ante el mismo órgano / Ante la Jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Plazo de presentación    

Un mes, art. 124 Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas / Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto, art. 46 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

  • Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia, Título VII.
  • Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, Título II.
  • Real Decreto 2159/1978, Reglamento de Planeamiento, para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, Títulos IV, V, VI.
  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, Título II.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Títulos II, III y IV.
  • Cualesquiera otra legislación sectorial aplicable.

Objeto del procedimiento    

Adaptar y reajustar las alineaciones y rasantes señaladas en el planeamiento, la ordenación de los volúmenes de acuerdo con las especificaciones del planeamiento, pudiendo crearse vías interiores, según art. 139.2 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.

 

Requisitos de solicitud    

Documentación completa según art. 144 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia en soporte  digital, legitimación según art. 147 Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia y representación -en caso que fuera necesario-.