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Autorización de ocupación de la vía pública (Juntas Municipales)

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La ocupación de la vía pública en el término municipal supone un uso privativo y especial de la misma. Su autorización se encuentra sujeta a una decisión discrecional por parte del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (Art. 2 de la Ordenanza Municipal reguladora de la Ocupación de la Vía Pública con Terrazas y otras Instalaciones).

Mediante el presente procedimiento podrá solicitar autorización de ocupación de la vía pública por diferentes motivos:

  • MARCHA CICLISTA, CICLOTURISTA, CARRERA Y/U OTROS EVENTOS DEPORTIVOS
  • COMIDAS POPULARES.
  • CONCIERTOS, FIESTAS POPULARES CON MÚSICA, VERBENAS,  PASACALLES, CARNAVALES Y CUALQUIER OTRO EVENTO CON MÚSICA, VEHÍCULOS Y/O PERSONAS
  • INSTALACIÓN DE ATRACCIONES FERIALES: HINCHABLES, BABYS, COCHES DE CHOQUE, ETC
  • DESFILE PROCESIONAL
  • MESA PETITORIA.
  • OTROS EVENTOS.

Tramitación

A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 días del año, mediante acceso con certificado electrónico.

A través del teléfono municipal de Atención al Ciudadano, 010.

 

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en la Sede Electrónica.

Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por la existencia de defectos formales o materiales. 

Plazo para presentar la solicitud: Como mínimo 1 meses, antelación que es el previsto para el dictado de la resolución.

Debe efectuar pago de la tasa correspondiente por aplicación de la Ordenanza Fiscal, mediante Carta de pago por autoliquidación, que puede obtener accediendo al área de Hacienda y Tributos.

Tres meses (Art. 21, Ley 39/2015, de 1 de octubre)

Negativo (Art. 24, Ley 39/2015, de 1 de octubre)

Unidad tramitadora    

Calidad Urbana.

Órgano de resolución

Concejal de Delegado de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos.

Tipo de alegación o recurso:    

Recurso de reposición.
Recurso contencioso-administrativo.


Órgano de interposición:    

Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


Plazo de presentación  

Recurso de reposición : Un mes desde notificación del acto administrativo.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses desde notificación del acto administrativo.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local
  • Art 75 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Corporaciones Locales
  • Ordenanza Municipal reguladora de la ocupación de la vía pública con terrazas y otras instalaciones
  • Ordenanza reguladora de la Tasa por aprovechamiento especial de terrenos de uso Público con mesas y sillas (2010)

Para interesarse por el estado de la estimación y/o resulución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.