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Justificación de subvenciones concedidas para la realización de Proyectos de Servicios Sociales

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Justificación de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Murcia a personas jurídicas sin ánimo de lucro cuyos proyectos hayan tenido por finalidad la realización actividades de intervención en el ámbito de Servicios Sociales.

Tramitación

Exclusivamente a través de medios electrónicos, en esta Sede Electrónica durante las 24 horas dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante acceso con certificado electrónico, o mediante Registro Electrónico de cualquiera de las Administraciones Publicas, de conformidad con lo establecido en el art. 16, Ley 39/2015, de 1 de octubre

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online

 

Para la tramitación de la solicitud deberá aportar la siguiente documentación (para más información consulte "Documentación a presentar"):

1. Solicitud.

Presentación de la Cuenta Justificativa, que constará como mínimo de la siguiente documentación, sin perjuicio de aquella otra que se pueda establecer en el propio acuerdo de concesión o convocatoria en su caso.

2. Memoria TécnicaMemoria de actuación detallada de carácter técnico con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, según modelo normalizado disponible en el apartado "Modelos para descargar".

3. Memoria Económica. Memoria justificativa del coste de las actividades realizadas, de acuerdo con lo establecido en el art. 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que contendrá:

  • Relación nominal del gasto corriente realizado, según modelo normalizado (que podrá descargarse desde este enlace para, una vez cumplimentado y transformado a formato pdf, adjuntarlo a la solicitud), con identificación del acreedor, CIF, nº de factura, concepto, importe, fecha de emisión, porcentaje e importe imputado a la subvención.
  • Relación nominal de gastos de personal: En el caso de que se impute a la subvención gastos de esta naturaleza, deberá cumplimentarse según modelo normalizado (que podrá descargarse desde este enlace para, una vez cumplimentado y transformado a formato pdf, adjuntarlo a la solicitud), especificándose todos los datos que en dicho formulario se relacionan, referidos a IRPF, Seguridad Social…
  • Para los alquileres: Se precisa el contrato de alquiler, factura con los requisitos antes mencionados además de indicar porcentaje y cantidad de I.R.P.F., modelo 115, modelo 180 y justificante y extracto bancario referente al pago de los mismos (factura y modelo 115).

Se deberá incluir el justificante bancario que acredite el ingreso de la subvención así como extracto bancario donde se refleje dicho ingreso.

 

INDICACIONES SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Evite imprimir la documentación solicitada para posteriormente escanearla en un único archivo, si finalmente tuviera que hacerlo; utilice una resolución máxima para el escaneo de documentos de 200x200 ppp.

Si ya tiene varios archivos pdf electrónicos/digitales puede unirlos con el siguiente programa gratuito PDFsam Basic, disponible en el siguiente enlace https://pdfsam.org/es/

El tamaño máximo por archivo pdf es de 10 MB pudiendo adjuntar hasta un máximo de 6 archivos (1 para la memoria técnica y 5 para la memoria económica).

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

A solicitud de las Entidades beneficiarias

Requisitos de la solicitud: Haber sido beneficiaria de una subvención en el ejercicio presupuestario anterior, concedida por el Ayuntamiento de Murcia en el ámbito de los Servicios Sociales y Bienestar Social.

Plazo de presentación: El plazo máximo para la presentación de las justificación de las subvenciones concedidas, será de tres meses desde la finalización del periodo de ejecución previsto en el acuerdo de concesión de la subvención.

Unidad tramitadora: Servicio de Administración de Bienestar Social

  • Potestativo de Reposición: (art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre).

  • Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art.125, Ley 39/2015, de 1 de octubre).

  • Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.

Órgano de interposición

  • Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución
  • Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Plazo de presentación

  • Un mes, si el acto fuera expreso.

  • Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en el que surtan los efectos del silencio administrativo

Objeto del procedimiento: El control y fiscalización en el empleo de los fondos públicos obtenidos mediante subvención para la comprobación y no desviación de los mismos, así como la comprobación de la consecución de los objetivos marcados en el proyecto y finalidad para la que fueron concedidos.