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Presentación documentación NOMBRAMIENTOS

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Es objeto del presente procedimiento habilitar la solicitud y tramitación electrónica que permitan la presentación de la documentación requerida para ser nombrados como empleados públicos tras la superación del correspondiente proceso selectivo o al ser llamado de una lista de espera generada desde convocatoria pública

Tramitación

Vía preferente para la tramitación. En los supuestos que la participación en la convocatoria fuera requisito imprescindible realizarla de forma telemática, la presentación de esta documentación también se deberá realizar por este medio.

Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online.
Si no dispone de certificado electrónico, podrá obtener el modelo de solicitud que se proporciona en el apartado "MODELOS PARA DESCARGAR" para su presentación en las Oficinas municipales de Información y Registro así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre

A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010. No esta habilitado a efectos de presentación de documentación, sólo a efectos informativos del procedimiento a seguir que ya viene descrito en los apartados de "Canal presencial" y "Canal internet"

Preferiblemente no ha de usarse el medio presencial, pero si no se dispusieran de los medios y para la participación de la convocatoria no se hubiera exigido como requisito imprescindible la presentación de la solicitud de forma telemática, se podrá realizar también a través de las Oficinas municipales de Información y Registro o cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Aquellas personas, que tras superar un proceso selectivo, sean requeridas mediante publicación edictal y/o notificación individualizada o de forma telefónica para la aportación de la documentación acreditativa de los requisitos que le daban acceso a participar en la convocatoria pública.

Las personas interesadas deberán cumplimentar la totalidad del modelo de solicitud que se incluye en el procedimiento, así como la documentación específica y adicional que se le pueda haber requerido. Ésta última se presentará en el apartado "Otra documentación".

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

De oficio. Por requerimiento de la administración tras la superación del correspondiente proceso selectivo.

Dependiendo el tipo de plaza y la relación contractual, por decreto de la Concejalía que tenga delegada las competencias en materia de Recursos Humanos, si le es atribuida esta función y/o por la Junta de Gobierno Local.

El indicado en las bases de la convocatoria por la que se haya logrado plaza o posición en la lista de espera por la que se le requiere la documentación.

 

¿Puedo presentar la documentación si no se ha requerido?

NO. Sólo se tramitará por este procedimiento la documentación requerida de forma específica, bien sea por publicación edictal, por notificación individualizada o por llamamiento telefónico, dependiendo del procedimiento y fase del proceso en el que se encuentre.

 

Si presento documentación por este trámite y no se me ha requerido documentación alguna, ¿ésta es objeto de estudio y trámite?

NO. Aquella documentación presentada por este trámite que no haya sido requerida como se indica en el punto anterior será archivada sin más trámite.

Servicio de Personal. Departamentos de "Administración de Personal" o "Relaciones Laborales"