I Concurso Emprende Joven 2023
El Ayuntamiento de Murcia ha organizado la Primera convocatoria del “I Concurso Emprende Joven 2023”, con el objetivo de fomentar el espíritu emprendedor entre los estudiantes del municipio de Murcia, la capacidad creativa, la innovación y la aptitud para desarrollar una idea de negocio que tenga posibilidades de implantación.
Tramitación
Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online (https://sede.murcia.es/como-hacer-tramite).
A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.
Cita previa y consultas con un Agente de Desarrollo Local, agentesdesarrollo@ayto-murcia.es, Teléfono: 968 200 293
Esta primera convocatoria del “I Concurso Emprende Joven 2023” está dirigida a Centros de F.P. públicos y concertados del municipio de Murcia, que presenten planes de empresa elaborados por grupos de alumnado del 2º curso del ciclo Grado Superior. Así mismo, se valorará la implicación del Centro de FP en la difusión y fomento del emprendimiento.
Los Centros de F.P. Concertados, podrán presentar los proyectos de empresa del alumnado de los 2º cursos de los Grados Superiores, que tengan acreditados y concertados con la Consejería con competencias en educación de la CARM.
Aténganse a los dispuesto en las Bases (leerlas atentamente).
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
Por el interesado dentro del plazo. El plazo de presentación de solicitudes, se inicia el 20 de Septiembre y finaliza el 25 de Octubre de 2023, a través de la Sede Electrónica del Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia, dentro de la pestaña "CONSUMO, COMERCIO Y EMPRESA" en "EMPRESAS Y AUTÓNOMOS". https://sede.murcia.es/areas?idCategoria=10021, adjuntando la documentación establecida en la Cláusula Cuarta de las citadas Bases.
Gratuito.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Transcurrido el plazo de notificación y resolución, sin que se haya notificado resolución, las solicitudes se podrán entender desestimadas por silencio administrativo.
El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Junta de Gobierno Local del Excelentísimo Ayuntamiento de Murcia, la cual aprobará, a propuesta de la Concejalía de Gobierno Abierto, Promoción Económica y Empleo. Resolverá la Junta de Gobierno sobre la disposición y reconocimiento de la obligación, para que ello se realice en el ejercicio corriente con anterioridad al 31 de diciembre de 2023.
Las decisiones del Jurado serán inapelables.
El acuerdo de Resolución donde se designa a los beneficiarios de los premios se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Murcia, produciendo los efectos de la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo adicionalmente, notificarse individualmente a los premiados. Así mismo, se dará traslado de dicho acuerdo a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a efectos de su publicidad en los términos previstos en la Ley General de Subvenciones.
Contra la resolución de este procedimiento podrá interponerse:
- Recurso potestativo de reposición: en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante el mismo órgano que dictó el acto, de acuerdo con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Recurso contencioso-administrativo: en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Murcia, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
No obstante, si se interpone recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mencionado recurso de reposición.
Asimismo, los interesados en el procedimiento podrán interponer cualquier recurso que estimen procedente.
El régimen aplicable a los premios de este concurso se regirá, además de lo dispuesto en las propias Bases del Concurso, por:
- Las Bases de Ejecución del presupuesto vigente a la fecha del Ayuntamiento de Murcia.
- La Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- El Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- La Ordenanza General de Subvenciones y Premios del Ayuntamiento de Murcia y demás disposiciones vigentes que resulten de aplicación.
- Bases del I Concurso Emprende Joven 2023.
Ante cualquier duda, contactar con un Agente de Empleo y Desarrollo Local en el tlf 968200293, o escribiendo al correo agentesdesarrollo@ayto-murcia.es, poniendo en ASUNTO: I CONCURSO Emprende Joven 2023
Área de Promoción Económica:
Calle Azarbe del Papel, 22, 30007 Murcia.
Teléfono: 968 200 293
agentesdesarrollo@ayto-murcia.es
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