AYUDAS ECONÓMICAS GASTOS DERIVADOS DE LA OBTENCIÓN DE PERMISOS DE CONDUCIR CLASE A, AM, B, C, D Y E
Regulación de ayudas económicas dirigidas a jóvenes del municipio de Murcia, para sufragar parte de los gastos derivados de la obtención de cualquier tipo de Permiso de Conducir especificados en la convocatoria, dirigidas a jóvenes de hasta 35 años, empadronados en el municipio de Murcia, que hayan sido declarados como Aptos por la Jefatura Provincial de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas, durante el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
Tramitación
A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante acceso con certificado electrónico.
Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online
A través del Teléfono de Información Ciudadana, 010.
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro del Ayuntamiento de Murcia sitas en Glorieta de España, Plaza de Europa y Avenida Abenarabi; o bien, por cualquier otro medio establecido en la Ley 39/2015, de 30 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
Jóvenes empadronados en el municipio de Murcia, de hasta 35 años, cumplidos en el momento de la solicitud.
Al formulario de solicitud se acompañará la documentación que se indica a continuación, que deberá de ser original o copias auténticas y presentarse en documentos/archivos individuales:
- Documento Nacional de Identidad del solicitante y de su representante, en su caso.
- Copia del Permiso de Conducir o copia auténtica de la Autorización Temporal para Conducir expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico, indicando la fecha de la obtención/expedición.
- Certificación de entidad bancaria indicando el código IBAN de la cuenta de titularidad del solicitante, en el que se hará, en su caso, el ingreso de la ayuda concedida.
- Documentación acreditativa de los criterios de baremación que se aleguen, en su caso.
- En caso de que el interesado no autorice al Ayuntamiento a recabar los datos de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social, marcando la casilla correspondiente del formulario de solicitud, deberá aportar las correspondientes certificaciones de dichos organismos
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
De oficio, mediante aprobación de la convocatoria por la Junta de Gobierno.
Plazo de presentación: Desde el siguiente a la publicación del extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta el 31 de mayo de 2021
Gratuito
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Negativo
Servicio de Juventud
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado; o, directamente y en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de dicha jurisdicción de Murcia
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia, de 26 de febrero de 2004 (B.O.R.M. de 12-5-2004).
- Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
- Bases específicas de la convocatoria
Para interesarse por el estado de la estimación y/o resolución de la solicitud, podrá consutar la Carpeta del Ciudadano dentro de esta Sede Electrónica durante las 24 horas del día, los 365 días del año, o bien llamar al Teléfono de Información Ciudadana, 010.